Caricaturas de Barrister (Abogados) en revista inglesa Vanity Fair

sábado, 7 de febrero de 2015

226).-Lord Canciller y el common law; Los malos jueces. a.-


Paula Flores Vargas;Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma ;Nelson Gonzalez Urra ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo;  Soledad García Nannig;  Katherine Alejandra Del Carmen  Lafoy Guzmán; 

Lord Canciller de Gran Bretaña.

 
lord canciller



en inglés: "Lord High Chancellor of Great Britain", o "Lord Chancellor") es una gran dignidad de Estado, en el Reino Unido.
 Ocupa el segundo puesto entre los grandes oficiales de Estado y es designado por el soberano siguiendo el consejo del primer ministro. Antes de la Unión había un lord canciller de Inglaterra y otro distinto para Escocia.

Entre las responsabilidades del lord canciller se encuentra custodiar el Gran Sello Real. El lord canciller es miembro del Gabinete y por ley es responsable de asegurar el funcionamiento eficiente y la independencia de los tribunales. Antiguamente presidía la Cámara de los Lores y era la máxima autoridad del sistema jurídico de Inglaterra y Gales, pero el Acta de Reforma Constitucional de 2005 le transfirió dichos poderes al lord portavoz y al lord jefe de Justicia respectivamente.
En reemplazo del lord canciller es posible designar un lord guardián del Gran Sello Real. Los dos cargos poseen exactamente las mismas obligaciones; la única diferencia es la forma en que son nombrados. No solo eso; el cargo de lord canciller puede ser ejercido por un comité de individuos llamados «lores comisionados del Gran Sello». Sin embargo, desde el siglo XIX solo se han designado lores cancilleres, y los otros cargos han caído en desuso.


 

 

 Enciclopedia británica 1910


LORD HIGH CHANCELLOR, uno de los grandes dignatarios de estado del Reino Unido, y en Inglaterra el más alto funcionario judicial. 
El lord canciller ocupa el rango oficial como el funcionario civil más elevado en la tierra fuera de la familia real y tiene prioridad inmediatamente después del arzobispo de Canterbury. Sus funciones a veces han sido ejercidas por un señor guardián del gran sello, la única diferencia real entre las dos oficinas es la designación del guardián por mera entrega del sello, mientras que un lord canciller recibe las cartas de patente junto con con eso. Él es por ex-oficio un consejero privado, y ha sido durante mucho tiempo la práctica de hacerlo un par y también un ministro del gabinete.

Él es por prescripción Speaker o prolocutor de la Cámara de los Lores, y como tal, se sienta sobre la lana, que no está estrictamente dentro de la casa. A diferencia del Presidente de la Cámara de los Comunes, el lord canciller toma parte en los debates, hablando desde su lugar en la Cámara. Él vota de la  woolsack en lugar de ir al lobby de la división. La única función que ejerce como Orador prácticamente es formular la pregunta; si dos polemistas se levantan juntos, no tiene poder para invocar a uno, ni puede gobernar sobre puntos de orden. Los que participan en los debates se dirigen, no al lord  canciller, sino a toda la Cámara, como "My Lords".

 woolsack

 El lord canciller siempre pertenece a un partido político y se ve afectado por sus fluctuaciones. Esto a menudo ha sido denunciado como destructivo de la independencia y la calma deliberativa esencial para la pureza y la eficiencia de la banca.
 En defensa, sin embargo, de la conexión ministerial del canciller, se ha dicho que, mientras que los otros jueces deben ser permanentes, el jefe de la ley (head of the law) debe mantenerse o caer con el ministerio, como el mejor medio para asegurar su responsabilidad efectiva a Parlamento para el uso adecuado de sus amplios poderes. La transferencia de los asuntos judiciales del tribunal de la cancillería al Tribunal Superior de Justicia eliminó muchas de las objeciones al carácter fluctuante de la oficina. Como gran oficial de estado, el señor canciller actúa tanto para Inglaterra como para ... / Escocia, y en algunos aspectos para el Reino Unido, incluido ... / Irlanda (donde, sin embargo, un canciller irlandés está a la cabeza de sistema de ley).
Por el artículo XXIV. de la Ley de la Unión (1705) se nombró un gran sello para todos los actos públicos, y en este departamento la autoridad del lord canciller se extiende a toda Gran Bretaña, y así las comisiones de la paz para Escocia y para Inglaterra de él.

masa ceremonial en  woolsack

Como funcionario administrativo, como juez y como jefe de la ley, actúa únicamente para Inglaterra. Sus funciones ministeriales inglesas son brevemente descritas por Blackstone: 

"Se convirtió en guardián de la conciencia del rey, visitante, en derecho del rey, de todos los hospitales y colegios de la fundación del rey, y patrono de todas las vidas del rey por valor de veinte. marca por año en los libros del rey. Él es el guardián general de todos los niños, idiotas y lunáticos, y tiene la superintención general de todos los usos benéficos en el reino ".

Pero estos deberes y jurisdicción según los estatutos modernos han sido distribuidos en su mayor parte entre otras oficinas o compartidos con los jueces del Tribunal Superior. De conformidad con la Judicature Act de 1873, el lord canciller es miembro de la corte de apelaciones y, cuando se sienta, su presidente, y también es juez de la High Court of Justice. Es nombrado presidente de la división de cancillerías de esta última corte.
Su mecenazgo judicial es muy extenso, y es por el uso del consejero de la corona en el nombramiento de los jueces  del Tribunal Superior. Él preside la audiencia de apelaciones en la Cámara de los Lores. Su título apropiado es "Lord High Chancellor of Great Britain". Su salario es de ₤ 10.000 por año, y tiene derecho a una pensión de ₤ 5000 por año.

 


Escudos de Armas de Lores Cancilleres


 

Lord Canciller que fueron  responsables de la sistematización de la equidad.


Traje de Lord Canciller

  



LORD NOTTINGHAM:


-También es conocido como el padre de la equidad moderna. Sucedió a Lord Shaftesbury, el último no letrado en ser lord canciller.

-Trató de fusionar, consolidar y endurecer el sistema.

-Inició el proceso de moldear un sistema legal establecido.

-Estableció los principios sobre los que operaba la equidad.

-Fue particularmente instrumental en el desarrollo de la ley de fideicomisos.

-Su estilo se alejó de la era de las decisiones impredecibles.

-Fue Lord canciller desde 1673 hasta 1682.


LORD HARDWICKE 


-Desarrolló aún más los principios de equidad.

-Muchas de sus decisiones reflejaron el delicado equilibrio entre certeza y flexibilidad para permitir tanto la justicia como la evolución de la ley en un caso particular.

-Fue Lord  canciller de 1736 a 1756


LORD ELDON


-Fue el último gran canciller en el desarrollo de un sistema legal moderno.

-Enfatizó que las decisiones se basen en precedentes.

-Consolidó los principios previamente desarrollados.

-Trabajó en la aplicación de reglas y principios de equidad que heredó de Lord Hardwicke y Lord Nottingham.

-Sus decisiones fueron conocidas por ser minuciosas, y claras.

-Tuvo juicios magistrales.

-Reinó como Lord canciller de 1801 a 1806 así como de 1807 a 1827.




Heneage Finch, primer conde de Nottingham, (23 de diciembre de 1620-18 de diciembre de 1682), Lord Canciller de Inglaterra, descendía de la antigua familia de Finch, muchos de cuyos miembros habían alcanzado una alta eminencia legal, y era el hijo mayor de Sir Heneage Finch, Recorder of London , y  su primera esposa Frances Bell, hija de Sir Edmond Bell de Beaupre Hall , Norfolk

Se educo en Westminster y en Christ Church, Universidad de Oxford, donde permaneció hasta que se convirtió en miembro del Inner Temple en 1638. Fue llamado al la Barra en 1645 y pronto obtuvo una práctica lucrativa. 

Sus contemporáneos de ambos lados de la política coinciden en su alta estimación de su integridad, moderación y elocuencia, mientras que sus habilidades como juez están suficientemente atestiguadas por el hecho de que todavía se habla de él como "el padre de la equidad".

Entre los abogados ingleses su posición es única. Con las  ventajas menores  de la educación, demostró ser más que competente en la juventud para cargos que usualmente nombrados en la edad madura.
 Su madurez cumplió la promesa de su mejor momento, y su carrera posterior coronó el conjunto con un brillo imperecedero. El período de su mandato como presidente de banco del rey fue, de hecho, demasiado breve y sin incidentes como para brindarle la ocasión de mostrar sus cualidades al máximo, pero durante su mandato prolongado como canciller encontraron un alcance tal que no se le había permitido a ninguno de sus predecesores. ; tampoco dejó de convertir su oportunidad en una noble cuenta. No es exagerado decir que en el transcurso de algo menos de veinte años transformó la equidad de un caos de precedentes en un sistema científico.
 Esta gran revolución que llevó a cabo en el tranquilo, discreto, manera casi imperceptible en la que generalmente se logran los resultados más duraderos. Lejos de despreciar el precedente, lo buscó diligentemente y lo siguió siempre que fue posible. Pero el uso que hizo de él fue tal como el filósofo baconiano hace de los casos positivos y negativos sobre los que funda una generalización. Cada caso, tal como se presentó ante él, lo revisó a la luz de todas las autoridades relevantes que se descubrieron, y nunca descansó hasta que hubo obtenido de ellos un fundamento inteligible de decisión. Donde los precedentes ingleses fallaron, se basó libremente en el conocimiento de derecho civil y, en última instancia, en su propio sentido amplio y luminoso de la justicia natural. 
Así, en Hardwicke, el espíritu racional y arquitectónico de la jurisprudencia romana penetró en la equidad inglesa, con el resultado de que en una multitud de cuestiones intrincadas sus decisiones han trazado las líneas dentro de las cuales sus sucesores han procedido sin desviarse; y un escrutinio minucioso y frecuente sólo ha servido para confirmar su autoridad. Sus juicios, que en casos importantes solían ser escritos,siempre fueron modelos de ordenación lógica y el estilo perspicaz. Solo tres de ellos fueron revisados ​​por la Cámara de los Lores, y en cada caso se confirmó la decisión. 
La escasez de apelaciones, sin embargo, es sin duda atribuible en parte al hecho de que durante su mandato del gran sello, el propio Hardwicke fue en realidad el único lord del derecho.




Philip Yorke, 1° conde de Hardwicke (1 diciembre 1690 a 6 marzo 1764) fue un Inglés abogado y político que sirvió como Gran Canciller de Gran Bretaña . Fue un confidente cercano del duque de Newcastle , primer ministro entre 1754 y 1756 y de 1757 hasta 1762.


Aunque durante un largo período Hardwicke fue un ministro influyente, no fue un estadista de primer orden. Por otro lado, fue uno de los mejores jueces que jamás se haya sentado en  tribunales  de Inglaterra.

 De hecho, los tres años que ocupó el cargo de presidente del banco del rey no dejó ninguna huella en el derecho common law; pero Lord Campbell lo declara como “el juez más consumado que jamás se haya sentado en la corte de la cancillería, distinguiéndose no solo por su rápida y satisfactoria decisión de las causas que le precedieron, sino por los principios profundos e ilustrados que estableció, y por perfeccionar la equidad inglesa en una ciencia sistemática ". 


Ocupó el cargo de Lord canciller durante más tiempo que cualquiera de sus predecesores, con una sola excepción; y la misma alta autoridad citada anteriormente afirma que, como juez de equidad, la fama de Lord Hardwicke “no ha sido superada por la de ningún hombre en tiempos antiguos o modernos. Sus decisiones han sido y serán apeladas para fijar los límites y establecer los principios del gran sistema jurídico llamado Equidad, que ahora no solo en este país y en las colonias, sino en toda la extensión de los Estados Unidos. Estados de América, regula la propiedad y los derechos personales más que el antiguo derecho common law".

Hardwicke se había preparado para este gran y perdurable servicio a la jurisprudencia inglesa mediante el estudio de los fundamentos históricos de la jurisdicción equitativa del canciller, combinado con una profunda comprensión de los principios legales y un conocimiento profundo del derecho civil romano, cuyos principios incorporó científicamente. en su administración de la equidad inglesa en ausencia de precedentes que se refieran a las causas sometidas a su juicio. 

Sus decisiones sobre puntos particulares en disputa se basaban en principios generales, que no eran ni tan amplios como para resultar inaplicables a circunstancias futuras, ni demasiado restringidos para servir de base a un sistema científico y coherente. Sus juicios registrados, que, como observa Lord Campbell.




John Scott, primer conde de Eldon (4 de junio de 1751-13 de enero de 1838) fue un Barrister y político británico. Se desempeñó como Lord Alto Canciller de Gran Bretaña entre 1801 y 1806 y nuevamente entre 1807 y 1827.

Durante  segundo cargo como lord Canciller, desde 1 de abril de 1807, a 12 de abril de 1827, Lord Eldon fue venerado por su trabajo en la consolidación de la equidad en un cuerpo funcional de principios legales. En Gee v Pritchard escribió, 
"Nada me causaría más dolor al dejar este lugar, que el recuerdo de que había hecho algo para justificar el reproche de que la equidad de este tribunal varía como el pie del canciller".
Sin embargo, él mismo fue criticado con igual fuerza por no reformar el notoriamente lento Tribunal de Cancillería ,  de ahí una caricatura de 1817 que lo representa liderando una huida de abogados-langostas que descienden sobre los tribunales de justicia. 

Caricaturas.

Object: No I. Blessings of Brittain- or a flight of lawyers-
El Lord Canciller (Eldon), precedido por el portador de su maza que sostiene una espada, está a punto de posarse en la acera frente a Westminster Hall (izquierda), habiendo volado en diagonal hacia abajo desde la derecha; junto a él está (?) el vicecanciller Plumer, detrás de ellos hay otros ocho jueces seguidos por un enjambre de abogados que retroceden en perspectiva. Todos llevan peluca y ...

 The Lord Chancellor (Eldon), preceded by his mace-bearer holding a sword, is about to alight on the pavement outside Westminster Hall (left), having flown diagonally down from the right; next him is (?) the Vice-Chancellor Plumer, close behind are eight other judges followed by a closely packed swarm of barristers who recede in perspective. All are in wig and…

(Description and comment from M. Dorothy George, 'Catalogue of Political and Personal Satires in the British Museum', IX, 1949)

The other judges are Sir Vicary Gibbs, Ellenborough (both recognizable), with (presumably) the Chief Baron, Thomson, (see No. 12788), and the three other Barons of the Exchequer, Sir Robert Graham, Sir George Wood, Sir Richard Richards, and the Recorder, Silvester, see No. 12814. In the first flight of the barristers are probably the Attorney- and Solicitor-Generals, Garrow and Shepherd. Cf. No. 11411, 'The First Day of Term—or, the Devil among the Lawyers.'

A companion plate to No. 12863, with the same imprint.

Also a reissue, the date removed, leaving Tegg's imprint, the serial number altered to '200'. ('Caricatures', xii. 12.)


Descripción y comentario de M. Dorothy George, 'Catálogo de sátiras políticas y personales en el Museo Británico', IX, 1949)

Los otros jueces son Sir Vicary Gibbs, Ellenborough (ambos reconocibles), con (presumiblemente) el barón principal, Thomson , (ver No. 12788), y los otros tres Barones del Exchequer, Sir Robert Graham, Sir George Wood, Sir Richard Richards y el registrador, Silvester, véase el número 12814. En el primer grupo de abogados probablemente se encuentran el fiscal y los procuradores generales, Garrow y Shepherd. Cf. No. 11411, "El primer día de mandato, o el diablo entre los abogados".

Una placa complementaria al No. 12863, con la misma impresión.

También una reedición, la fecha eliminada, dejando la huella de Tegg, el número de serie modificado a '200'. ('Caricaturas', xii. 12.)







 COMMON LAW Y EQUITY.

Las bases del Common Law se encuentran asentadas en el derecho inglés. El sistema legal de Inglaterra se ha ido configurando a lo largo del tiempo gracias a la confluencia de los distintos elementos que integran la tradición jurídica, es decir, fuentes jurídicas, distintas ideologías, doctrinas e instituciones.

Historia.

A pesar del dominio romano en Inglaterra durante más de 300 años, la influencia del derecho romano en el derecho inglés fue escasa ya que la romanización no fue tan profunda, aunque en la región de los britanos del sureste hubo una gran asimilación con la cultura romana, esta región por ser fértil, con proliferación de ciudades y villas al estilo romano y de fácil acceso se volvió muy codiciada y la primera en caer bajo el poder de los anglosajones y otros pueblos, circunstancia que no se dio con los pueblos celtas.
El derecho inglés se desenvolvió de manera autónoma, a lo largo de una evolución ininterrumpida, libre de influencias extranjeras y apegadas a los principios del Common Law la Equity.

1.  LOS ORÍGENES. 

Debido a la división del territorio inglés por diversas pueblos de diversos origen no se produjo una unidad política ni jurídica. Las primeras leyes anglosajonas y otros pueblos han llegado hasta nuestros días en forma fragmentaria y se pueden clasificar en  grupos.

1ro. Del año 596 al 696 formado por las leyes de los reyes de Kent, Edelberto y sucesores las cuales se limitaban a codificar el derecho consuetudinario subsistiendo la costumbre escrita declarada por los tribunales.

2do. Leyes de los sajones occidentales, las más importantes datan del año 890.

3ro. Del año 1035, lo integran las  leyes de Canuto el  grande, rey de Inglaterra quien promulgó un código.

Las leyes de Inglaterra siguieron en su aplicación el principio de la personalidad que después fue sustituido por el de la territorialidad.

2. LA CONQUISTA NORMANDA

Guillermo el conquistador, Duque de Normandía y vencedor en la Batalla Hastings, subió al trono inglés con el título de Guillermo I y unificó bajó una Corona a los antiguos reinos anglosajones.
El rey importó importó de Normandía el sistema feudal pero con características propias, creó un gobierno centralizado (se limitó la jurisdicción de los señores feudales), poderoso y eficiente. En esta época se dio una gran importancia a la tierra como base de poder, por lo que el rey siempre procuró que no hubiese feudos que se pudieran equiparar con la Corona.

3. EL COMMON LAW

Guillermo I y sus sucesores se percataron que era necesario lograr la unificación de la administración de justicia y del derecho, objetivo que sería labor de los jueces reales. La Corona, con el tiempo logró la creación de tres tribunales, cuya estructura permaneció por mucho tiempo y que tenían sede en Palacio de Westminster, Londres, estos eran:

Tribunal del Tesorero: se encargaba de asuntos hacendarios.
Tribunal del Banco del Rey: jurisdicción civil y penal.
Tribunal de Causas Comunes: jurisdicción civil.

Éstos para la resolución de los asuntos buscaron lo que había de común en las costumbres locales para así crear un derecho unificado, surgiendo así, el Common Law.

Debido a la semejanzas de las demandas, con el tiempo los textos de los writs (autorizaciones reales, redactadas por el canciller, funcionario de mayor  rango en Inglaterra) se estandarizaron (forms of action) pero cuando las demandas de los particulares aumentaron el sistema de writs se hizo insuficiente y se dio lugar al nacimiento de la EQUITY, segunda rama del derecho inglés.

4. LA EQUITY

Nació como una rama complementaria del Common Law, para remediar situaciones que éste fue incapaz de resolver, dando lugar a nuevas instituciones.

Cuando los particulares ya no obtuvieron justicia en los tribunales reales decidieron llevar sus quejas al rey quien encargó al canciller resolverlas, creándose así el Tribunal de la cancillería.

5. RELACIÓN ENTRE COMMON LAW Y EQUITY, FUSIÓN DE AMBAS RAMAS

La Equity y el Common Law fueron dos sistemas que lograron el desarrollo del sistema jurídico inglés y que para 1873-1875 se fusionaron.

ESTRUCTURA DEL DERECHO.

Las diferencias que guardan en cuanto a su estructura el Derecho Inglés y el Derecho de los países de familia jurídica Romano Germánico y Canónico es total.  Al exponer el tema de la clasificación del Derecho Inglés, encontramos con que no existe la distinción entre derecho público y derecho privado; no existen las clásicas ramas del derecho romano (civil, comercial, administrativo, etc.), ésta diferenciación continental, el sistema inglés lo sustituye por el Common Law y Equity, así como la que distingue entre derecho sustantivo con el derecho adjetivo.
Ademas de estas dos ramas típicamente inglesas, existe otra rama, que seria Derecho Especial, que es derecho de Familia, Testamentos, y Marítimo. (Que tiene como fuente  el derecho canónico, romano y marítimo.) 

LAS FUENTES DEL DERECHO.

Las maneras en las que el derecho se manifiesta en Inglaterra son:

La Jurisprudencia (CASE-LAW). 

Son decisiones emitidas por los jueves, al resolver casos concretos, que les corresponda conocer. Su autoridad proviene de la regla de la obligatoriedad del precedente judicial que significa que los tribunales deben respetar o adherirse a las decisiones judiciales anteriores.

La Ley (STATUTE, ACT O LAW). 

Se sitúa al lado de la jurisprudencia, como la otra fuente más importante del derecho inglés. La ley emana del Parlamento, a través de los Acts of Parliament, aunque pueden ser producto de legislaciones delegadas o subordinadas, constituidas por disposiciones de carácter reglamentario, los cuales pueden provenir de la reina y su consejo; de los ministros; y de las autoridades locales.

La Costumbre.

 Existen tres tipos de costumbre, los cuales son:
La costumbre general.  Se identifica con el propio Common Law y eson las decisiones de los tribunales reales los cuales se debieron haber basado en las costumbres de los reinos antiguos anglosajones.
La costumbre mercantil. Se formó con las prácticas adoptadas por comerciantes y mercaderes, con el objeto de crear normas especiales, con estas medidas se logró agilizar el tráfico comercial.
La costumbre local. La puede hacer valer cualquier persona ante un tribunal, buscando que se le reconozca un derecho que ha venido ejerciendo por algún tiempo, paraqué pueda ser este tipo de costumbre, necesita reunir estos requisitos:

i.    De existir desde un “tiempo inmemorial”.

ii.    De circunscribirse a una región determinada y su contenido ha de ser preciso, a lo que se refiere a su  materia y a las personas, debe haberse observado en forma obligatoria.

iii.    Su ejercicio debe ser continuado, razonable, público y sin vicios.

iv.    Por último, es necesario que la costumbre sea consistente con el derecho objetivo, es decir, que no  debe contrariar ninguna norma jurídica vigente ya sea jurisprudencial o legislada.

4.   Doctrina.

 Significa más bien “libros de autoridad” en el sistema inglés. Son libros jurídicos que se consideran   fuentes del sistema jurídico y que son aquellos que tienen cierta antigüedad, debido a que los de origen más   reciente son importantes, pero no se incluyen dentro de las fuentes, en sentido estricto. En realidad doctrina y    “libros de autoridad” , son lo mismo, la diferencia radica en que se emplean expresiones distintas para designar    al mismo objeto.



Cartas desde Londres: Malos jueces.

Portada de “Un breve libro sobre malos jueces”, de Graeme Williams, QC


Josep Gálvez 
 28/09/2021 

Justo en el arco de entrada al “Lincoln’s Inn Fields” se encuentra Wildy & Sons, una de las más famosas librerías jurídicas londinenses y parada obligada para los coleccionistas de dioptrías.Precisamente hace un par de semanas, me llamó la atención un libro pequeño, publicado hace ya algunos años, y que me había pasado desapercibido hasta entonces.
Se trata del sorprendente “A short book of Bad Judges” (“Un breve libro sobre Malos Jueces”), puesto así en mayúsculas y en rojo, como pueden ver en la portada.
Su autor, el ya fallecido Graeme Williams QC, fue un “barrister” de prestigio, un “Queen’s Counsel”, que además había ejercido funciones judiciales como “Recorder” en la “Crown Court”.

O sea, alguien que sabía bien de lo que hablaba.
Y es que, como advierte el autor en el prólogo, “ya hay muchos libros sobre buenos jueces”, por lo que, ante la ausencia de uno sobre los otros, era necesario escribirlo.
De recomendada lectura, en este libro encontrarán las hazañas de jueces ingleses sobre todo del siglo XX, jueces que no hace mucho estaban presidiendo tribunales y juzgando al personal.
Pero lo que me ha llamado la atención, más allá de las historias y los casos, es la introducción al libro en la que se pregunta el autor: ¿Qué es un mal juez?
¿Qué hace a un juez llegar a ser malo? ¿Puede ser que un mal abogado lleve a un mal juez?  Recuérdese que en el sistema inglés, para ser fraile antes hay que haber sido cocinero.
Por ello, advierte Graeme Williams, con el acierto que proporciona la experiencia de tantos y tantos casos: “un mal juez es aquél que habitualmente olvida que la persona más importante en la sala del juicio no es ciertamente él mismo, ni tan siquiera el ujier, sino el perdedor en el pleito”.

Pero, para responder acertadamente a estas preguntas tan difíciles de contestar, Graeme Williams QC se vale de importantes precedentes.
El primero es nada menos que Lord Francis Bacon, quien en su ensayo sobre la judicatura, “The Essayes of Counsels, Civill and Morall; Of Judicature” de 1625, nos dice:

 “La paciencia y la escucha atenta es una parte esencial de la justicia: un juez que habla demasiado es un instrumento mal afinado”.

Curiosamente esta cita fue recogida siglos después por otro mito del derecho inglés, Lord Denning en la sentencia del caso Jones v National Coal Board [1957] EWCA Civ 3, para dar buena cuenta del mal comportamiento del juez Hallett en la primera instancia.

EL CASO “JONES VS NATIONAL COAL BOARD”

Los hechos del caso “Jones” son los siguientes:

El 21 de enero de 1953, un minero llamado Emlyn Jones cayó en un accidente, al desprenderse un techado dentro de una mina y falleciendo casi instantáneamente.
Por este motivo, su viuda, Mary Myfanway, demandó por negligencia a la autoridad minera “National Coal Board” ante los tribunales.
El juez del caso fue Sir Hugh Imbert Periam Hallett, un personaje de cuidado y de quien se cuenta alguna que otra anécdota en el libro que no les dejará indiferentes.
En fin, la cuestión es que la demanda de la señora Myfanway fue desestimada en su integridad por el Juez Hallett por motivos jurídicos acertados, no mereciendo ningún reproche por ello.
Pero la conducta del juez en la vista del juicio sí mereció la atención del tribunal de apelación.
Según cuenta la sentencia de la “Court of Appeal”, la actitud del Juez Hallett fue de mal a peor, ya que adoptó un rol de un abogado más, interrogando activamente a las partes y testigos en el proceso.
De tal manera que la señora Myfanway recurrió en apelación porque entendía que no había tenido un juicio justo.
El Tribunal de Apelación inglés encabezado por Lord Denning escuchó a las partes durante cuatro días entre febrero y marzo de 1957 y, tras casi un mes, resolvió estimar la apelación, obligando a la repetición del juicio.
El descrédito que conllevó esta sentencia para el Juez Hallett fue tal que, al cabo de unos meses después renunció a su cargo judicial.

Nos lo cuenta el propio Lord Denning:

“Se acordó que siguiera ocupando su puesto durante un tiempo y que luego dimitiera. Así lo hizo al final del trimestre de verano. Fue un caso conmovedor, pues [Hallett] era capaz e inteligente, pero hacía demasiadas preguntas.”

Como ven, la función judicial en Inglaterra y Gales está muy delimitada, rechazando el exceso judicial, cuestión trascedente a la que echaremos un vistazo más adelante.

JUECES IMPACIENTES

En sus “Essayes” Lord Francis Bacon también advierte que uno de los grandes defectos judiciales es, precisamente, la impaciencia del juez motivo por el cual:

“No es ninguna virtud para un juez encontrar después lo que podría haber oído a su debido tiempo de los abogados, o mostrarse rápido al cortar las pruebas o al abogado; o impedir la información mediante preguntas que sean pertinentes.”

Por este motivo, Lord Bacon advierte claramente cuáles son las cuatro funciones del juez:

• Dirigir las pruebas;

• Moderar la extensión, la repetición o la impertinencia de las palabras;

• Recapitular, seleccionar y cotejar los puntos materiales; y

• Dictar la norma o sentencia.

Ya ven que, casi cuatrocientos años la cosa no ha cambiado mucho.

Por eso nos dice Graeme Williams que “incluso teniendo a experimentados abogados ante él, puede ser peligrosamente fácil para un juez con poca paciencia suponer que sabe más del caso que ninguno de los letrados y cuál es la solución”.
Esta impaciencia, advierte el autor, puede verse incluso incrementada por creerse el juez ser omnisciente o caer en la suntuosidad del cargo.
Así, por ejemplo, la supuesta omnisciencia judicial, suele aparecer en jueces con larga trayectoria, como resultado de una excesiva exposición a un mismo tipo de asuntos o incluso a unos mismos abogados, lo que le llevarían a un exceso de confianza.
Por el contrario, la segunda opción sería más habitual en jueces de reciente nombramiento, quienes disfrutarían de la pomposidad del cargo, así como de recibir la adulación de los abogados.
En cualquier caso, nos advierte Williams, hay que tener en cuenta que “una mala sentencia o un mal comportamiento” no hacen a un juez ser malo.
Pero ojo, porque continuadas, repetidas o incluso habituales conductas propias del mal comportamiento judicial sí deberían ser motivo de preocupación.
Veamos algunos indicios al respecto.

JUECES QUE ACTÚAN COMO ABOGADOS

Como hemos visto, para el sistema inglés el juez no debe adoptar el rol de los abogados, que para eso están y se les paga por ello.
De hecho, este es un motivo recurrente de recurso en la práctica del derecho procesal inglés y fue precisamente el objeto del caso resuelto en la sentencia Yuill v Yuill [1945] P. 15 (CA).
En esta decisión, clave para configurar cómo debe ser el comportamiento del juez, Lord Greene M.R., uno de los mejores jueces de su generación, expresó con rotundidad que:

«Un juez que observa el comportamiento de los testigos mientras son interrogados por el abogado tiene, desde su posición independiente, una oportunidad mucho más favorable de formarse una apreciación justa que un juez que lleva él mismo el interrogatorio.
Si toma este último camino, desciende, por así decirlo, a la arena y se expone a que su visión se vea nublada por el polvo del conflicto.

Inconscientemente, se priva de la ventaja que proporciona una observación tranquila y desapasionada.”

Curiosamente esa visión “nublada” se observa también en países del sistema continental, aunque seguramente sea por influencia de la figura del juez de instrucción.
De tal manera sorprende ver aún a jueces interrogando a partes, testigos y peritos en procesos civiles en busca de la verdad material, como si de una investigación en sede penal se tratara.

JUECES POR ENCIMA DE LA LEY

Aunque tentaciones tengo, únicamente me referiré en este apartado al caso del Juez Lord Justice Charles Russell, a quien pillaron en 1960 por un delito de conducción bajo los efectos del alcohol.
Los famosos “CEBIBA” según nomenclatura española.
Total que, debidamente citado al juicio, Lord Russell acudió al juzgado.
Poco antes de iniciarse la vista y dirigiéndose al presidente del tribunal, Lord Justice Arthian Davies, conocido por su apodo “Beetle” –escarabajo– por sus gafas redondas a lo John Lennon, preguntó:

– Oye, “Beetle”, ¿qué tengo que hacer?

A lo que Davies con la flema característica contestó:

– Mira, Charles, siéntate y no te muevas.

Y tanto que no se movió. Lord Justice Rusell se sentó en el banquillo y sobrevivió al escándalo judicial, llegando a ser miembro de la Cámara de los Lores en 1975 con el título de Baron Russell of Killowen.

Coat of arms of Charles Ritchie
 Russell, Baron Russell of Killowen: 
A Goat passant Argent armed Or charged
 on the body with three Trefoils slipped fesswise Vert 

El 30 de septiembre de 1975, fue nombrado Lord of Appeal in Ordinary y fue nombrado par  vitalicio con el título de  Baron Russell of Killowen, of Killowen in the County Down, el mismo título que habían tenido su abuelo y su padre.


Lord Justice Russell (izquierda) y Lord “Beetle” Davies (derecha).


Pero no se piensen que todo sigue igual; actualmente esta situación sería difícil que se repitiera ya que la política del poder judicial inglés es que, cualquier infracción que no sea una simple multa de tráfico por mal estacionamiento, supone la expulsión inmediata del juez.

JUECES CON MALOS MODOS

Finalmente, para Graeme Williams QC, esta es, sin duda, la forma más extendida de mal comportamiento judicial, dándose especialmente en las vistas del proceso.
Si usted es abogado que pisa estrados judiciales, sin duda tendrá algunas experiencias de este tipo, por lo que poco se puede añadir. Pero es importante tener en cuenta que el mal humor judicial, más allá de sufrirse, tiene también una razón de ser.
Según el autor, la falta de cortesía judicial es un síntoma de malestar con un origen variado y que puede deberse, por ejemplo, a la antipatía del juez por uno o varios de los abogados, a la disconformidad con cómo se está llevando el caso o, incluso, a la ya consabida impaciencia judicial.
Pero, apunta Williams, es probable que los malos modos judiciales provengan del “soberano aburrimiento que supone el tedioso y repetitivo trabajo de juzgar”, valoración con la que muchos jueces estarán de acuerdo.

Nota

Sir William Arthian Davies (10 de mayo de 1901 - 19 de septiembre de 1979) fue abogado y juez en Inglaterra y Gales .
Davies se educó en Dulwich College y Trinity College, Oxford , donde obtuvo un título de  First in Jurisprudence . Fue llamado a la barra en 1925 y tomó seda en 1947.

Fue nombrado juez del Tribunal Superior y asignado a  the Probate, Divorce and Admiralty Division ( División de Sucesiones, Divorcios y Almirantazgo ) el 1 de octubre de 1952, recibiendo el título de caballero habitual unos días después. Fue transferido a la Queen's Bench Division el 3 de abril de 1959. Davies fue ascendido a Lord Justice of Appeal el 9 de enero de 1961. Tras ese nombramiento, fue nombrado miembro del Privy Council del Reino Unido . Se retiró de su cargo judicial el 30 de septiembre de 1974.

1 comentario:

  1. una importante institución histórica jurídica de inglaterra, relacionada con la justicia en ese país, eje de una rama importante del derecho inglés, la equidad, que corrigió el antiguo common law, formado por las costumbres jurídicas de diversas fuentes en ese país insular.

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