Caricaturas de Barrister (Abogados) en revista inglesa Vanity Fair

lunes, 11 de febrero de 2013

136).-Comentario del libro El alma de la Toga


Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Paula Flores Vargas;Ana Karina Gonzalez huenchuñir;  Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma;Nelson Gonzalez Urra ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo;  Soledad García Nannig;

domingo, 10 de febrero de 2013

135).-El Alma de la Toga (IV): LA MORAL DEL ABOGADO.-a


Luis Alberto Bustamante Robin; José Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma;Nelson Gonzalez Urra ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo;  Paula Flores Vargas;Ana Karina González Huenchuñir; Soledad García Nannig;

Magistrada Ivette  Moutguett

5 LA MORAL DEL ABOGADO.

¿He aquí el magno, el dramático problema! ¿Cuales son el peso y el alcance de la ética en nuestro ministerio?¿En que punto nuestra libertad de juicio y de conciencia ha de quedar constreñida por esos imperativos indefinidos, inconsútiles, sin titulo ni  sanción y que, sin embargo, son el eje del mundo?
Alaguen teme que exista profesiones caracterizadas por una inmoralidad intrínseca e inevitable, y que, en tal supuesto, la nuestra fuere la profesión tipo. Paréceme más  justo opinar, en contrario, que nuestro oficio es el de más alambicado fundamento moral, si bien reconociendo que ese concepto está vulgarmente prostituido y que los Abogados mismos integran buena parte del vulgo corruptor, por su conducta depravada o simplemente descuidada.  
Suele sostenerse que la condicion predominante de la Abogacía es el ingenio. El muchacho listo es la más común simiente de Abogado, porque se presume que su misión  es defender con igual desenfado el pro que el contra y, a fuerza de agilidad mental, hacer ver lo blanco negro.  Si la Abogacía fuera eso, no habría menester que pudiese igualar en vileza. Incendiar, falsificar, robar y asesinar serían pecadillos veniales si se les comparaba con aquel encanallamiento; la prostitución pública resultaría sublimada en el parangón, pues al cabo, la mujer que vende su cuerpo puede ampararse en la protesta de su alma, mientras que el Abogado vendería el alma  para nutrir el cuerpo.
Por fortuna, ocurre todo lo contrario. La Abogacía no se cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia. Ésa es la piedra angular, lo demás, con ser muy interesante, tiene carácter adjetivos y secundarios.

Aceptar o no una causa.

Despréndese de ahí que el momento crítico para la ética abogacil en el de aceptar o repeler el asunto. En lo más o menos tupido del cerneder van comprometidos la paz social, el prestigio personal y hasta la rendición de cuentas en la Eternidad.
¿Puede aceptarse la defensa de un asunto que a nuestros ojos sea infame? Claro es que no. el planteamiento de la cuestión parecería un insulto si no lo justificase la observación de la vida. Sin ser generales, ni demasiado numerosos, bien vemos los casos en que, a sabiendas, un Letrado acepta la defensa de cuestiones que su convicción repugna. Un día es el crimen inmundo que se patrocina para darse a conocer  y para llegar a paladear lo que llama un escritor francés "ese honor  particularmente  embriagador para un Abogado, que consiste en el favor de los grandes criminales "; otro, es la reclamación disparatada que se plantea para conseguir una tradición, otro, es la serie de incidentes enredosos que se promueven con el objeto exclusivo de engrosar  unos honorarios... 
Por bochornoso que sea reconocerlo. ¿habrá quien niegue que esos ejemplos se dan?
Apartémoslos como  excepcionales y vengamos a los más ordinarios, que, por lo mismo, son los más delicados y vidriosos.

 Primero.-Duda sobre la moralidad intrínseca del negocio- 

El problema es sencillo de resolver. Como la responsabilidad es nuestra, a nuestro criterio hemos de atenernos y sólo por él nos hemos de guiar. Malo será que erremos y defendamos como moral lo que no lo es; pero si nos hemos equivocado de buena fe, podemos estar tranquilos. 
Advíertase que he confiado la solución del conflicto al criterio y no al estudio. Quien busca en los libros el aquietamiento de la conciencia, suele ir hipócritamente a cohonestar la indelicadeza para beneficio del interés. 
Aquella sensación de la justicia a que me he referido en otro capítulo es norma preferible, para la propia satisfacción, a los dictámenes de los mas sabios glosadores y exégetas,  
      
Segundo.-Pugna entre la moral y la ley.

Empiezo por creer que no es tan frecuente como suele suponerse. Cuando en verdad y serenamente descubrimos un claro aspecto moral en un problema, raro ha de ser que, con más o menos trabajo, no encontremos para él fórmula amparadora en las leyes. Si no la hallamos, debemos revisar nuestro juicio anterior, porque sería muy fácil que el caso no fuese tan claro moralmente como nos lo habíamos figurado. Pero si, a pesar de todo, la  antinomia subsiste, debemos resolverla en el sentido que la moral nos marque y pelear contra la ley injusta, o inadecuada o arcaica.
Propugnar lo que creemos justos y vulnerar el Derecho positivo es una noble obligación en el Letrado, porque así no solo sirve al bien en un caso preciso, sino que contribuye a la evolución y al mejoramiento de una deficiente situación legal. Para el Juez, como para cualquier autoridad pública, es para quien puede ser arduo y comprometedor desdeñar la regla escrita; y así y todo, ya vemos que día los Tribunales son más de equidad y menos de Derecho.      

Tercero.-Moralidad de la causa e inmoralidad de los medios inevitables para sostenerla.

Es éste in conflicto frecuentísimo... y doloroso; pero su solución también se muestra clara. Hay que servir el fin bueno aunque sea con los medios malos. 
Por ejemplo, ocultar la falta de una madre para que no afrente a sus hijos; dilatar el curso del litigio hasta que ocurra un suceso, o se encuentre un  documento, o llegue una persona a la mayoría de  edad, o fallezca otra, o se venda una finca; amedrendar  con procedimientos extremados a un malvado que no se rendiría  a los normales; desistir de perseguir un crimen, si así se salva la paz o un interés legitimo.... Todos nos hemos hallado en casos semejantes, y es no sólo admisible sino loable y a veces heroico, comprometer la propia reputación usando  ardides censurables para servir una finalidad buena que acaso todos ignoran menos el Abogado obligado a sufrir y callar. huelga añadir que en la calificación de esa finalidad ha usarse la balanza  de más escrupulosa precisión, pues, de otra suerte, en esa que juzgo haber abnegada encontrarían parapeto todos los trapisondistas. 

Cuarto.-Licitud o ilicitud de los razonamientos.

Diré mi apreciación en pocas palabras. nunca ni por nada es licito faltar a la verdad en la narración de los hechos. Letrado que hace tal, contando con la impunidad de su función, tiene gran similitud con un estafador.
Respecto de las tesis jurídicas no caben las tergiversaciones, pero sí las innovaciones y las audacias.  Cuando haya, en relación a la causa que se defiende, argumentos que induzcan a la vacilación, estimo que deben aducirse lealmente; primero, porque contribuyen a la total comprensión del problema, y después, porque el Letrado que noblemente expone lo dudoso y lo adverso multiplica su autoridad para ser creído en lo favorable.     
        
Quinto.-Oposición entre el interés del Letrado y el de su cliente.

No pretendo referirse a la grosera antítesis del interés pecuniario, porque eso no puede ser cuestión para ningún hombre de rudimentaria dignidad. Aludo a otras muchas incidencias de la vida profesional en que el Letrado haría o diría,  o dejaría de hacer o de decir tales o cuales cosas en servicio de su comunidad, de su lucimiento o de su amor propio. 
El conflicto se resuelve por sí solo, considerando que nosotros no existimos para nosotros mismos sino para los demás, que nuestra personalidad se engarza en la de quienes se fían de nosotros, y que lo que ensalza nuestra tareas hasta la categoría del sacerdote es, precisamente, el sacrificio de lo que nos es grato en holocausto de lo que es justo.   

Sexto.-Queda por considerar una sabrosa adivinanza que Colette iver plantea en su originalísima novela  Les Dames du Palais. "Nuestro oficio ¿es hacer triunfar a la justicia o a nuestro cliente ?
¿ Iluminamos al Tribunal o procuramos cegarlo ?

Los interrogantes reflejan una vacilación que a todas horas está presente en muchos ánimos. Pero, si bien se mira, el conflicto no puede existir para quien tenga noción de la moral, ya que está planteado sobre la base de que sean contradictorios el servicio de la Justicia y el servicio del cliente; es decir, que presupone la existencia de un Letrado que acepte la defensa de un cliente cuyo triunfo sea, ante su propio criterio, incompatible con el de la Justicia. Pero en cuando destruyamos esa hipótesis innoble, se acaba la cuestión.
Cuando un Abogado acepta una defensa, es porque estima-aunque sea equivocadamente-que la pretensión es justa; y en tal caso al triunfar el cliente triunfa la Justicia, y nuestra obra no va encaminada a cegar sino a iluminar.
Claro que hay togados que hacen lo opuesto, y, planteando a sabiendas cuestiones injustas, necesitan cegar al Tribunal; mas no se escriben para los tales las reglas de conducta, ni ellos pueden ser los hombres representativos del alma profesional. A  nadie se le ocurre estudiar como materias de psicología si la función de un  militar es correr delante del enemigo y la del arquitecto halagar al bolsillo del contratista aunque se derrumbe el edifico.

La moral.

... y ahora se erige ante nosotros la médula del problema. ¿Que es la moral?
¡Ah! Pero ése no es cuestión para los Abogados, sino la Humanidad entera, y ha sido tratada por eximios filósofos y teólogos. Sería de evidente inoportunidad y de vanidad condenable dar mi parecer sobre asuntos que va tan por encima de lo profesional. ademas las normas morales son difíciles de juzgar por el múltiple y cambiante análisis mundano, mas no son tan raras de encontrar por el juicio propio ante de aportar decisión.
 Derivase la moral de un concepto religiosos y se caracteriza y modula por circunstancias de lugar y  tiempo. Con esto se entiende que ateniéndose cada cual a sus creencias sobre aquel particular- creencias que poseen igualmente los que no tienen ninguna, valga la paradoja-y subordinándose relativamente a las segundas, es asequible una orientación que deje tranquila la conciencia. Lo primero es norma fija, sobre todo para los que repitan la moral como emanación de un dogma revelado por la gracia.
 Las modalidades sociales son ya más difíciles de aquilatar, porque influyen considerablemente en el juicio y ofrecen, sin embargo, un apoyo flaco y tornadizo. Lo que una sociedad de hace cincuenta años estimada condenable, la sociedad actual, con el mismo concepto religioso, lo estima inocente, y viceversa. Justo es, pues, reconocer un margen considerable al criterio individual que, en esto como es todo, necesita expansión proporcionada a la responsabilidad que asume. en otros términos, la moral tiene características de género que todos conocemos y que todos se nos imponen, y características de especies en las que entran por mucho la critica y el albedrío.     
He  hablado de crítica, y al hacerlo he invocado uno de los manjares más amargos para el Abogado. Precisamente por ese margen de libertad en las estimaciones de índole ética, todo el mundo entra en el sagrado de la conciencia  de aquél y la diseca con alegre despreocupación, cuando no la difama  a sabiendas. En  cuando al contertulio del Casino o al parroquiano de la peluquería le parece mal lo que hace un Letrado, no se limita a discutir su competencia. ¡Con menos que hacer trizas su honra no se satisface!
Hay que ser refractarios al alboroto. Soportar la amargura de una censura caprichosa e injusta, es carga aneja a los honores profesionales. Debajo de la toga hay que llevar coraza. Abogado que sucumba al que dirán  debe tener hoja de servicios manchada con la nota de cobardía. 
No recomiendo el desdén a priori del juicio público, siempre digno de atención y, sobre todo, de compulsa. Lo que quiero decir es que después de adoptada una resolución, habiéndole tomado en cuenta como uno de tantos factores de la determinación  volitiva, no es licito vacilar ni retroceder por miedo a la crítica, que es un monstruo de cien cabezas, irresponsables las ciento y falta de sindéresis noventa y nueve.    
Cuando se ha marcado la linea del deber hay que cumplirla a todo trance. el viandante que se detenga a escuchar los ladridos de los perros, difícilmente llegará al termino de su jornada.

Comentario.

El señor  Ángel Ossorio y Gallardo

proximo capitulo

viernes, 1 de febrero de 2013

134).-El Alma de Toga (III): LA SENSACIÓN DE LA JUSTICIA.-a


Luis Alberto Bustamante Robin; José Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma;Nelson Gonzalez Urra ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo; Paula Flores Vargas;Ana Karina Gonzalez Huenchuñir;  Soledad García Nannig;

soledad garcia nannig

4.- LA SENSACIÓN DE LA JUSTICIA.

Naturaleza cambiante del derecho.

¿Donde ha de buscar el Abogado la orientación de su juicio y las fuentes de su actuación ?
¿En el estudio del Derecho escrito?
Terminantemente lo niego.
Un literato ha dicho que el Derecho es como una mujer casquivana que se va detrás de cualquier hombre que haga sonar las espuelas. Si se refiere al Derecho positivo de cada día, la impugnación es de triste certeza.
Detrás de una violencia triunfante o siquiera amenazadora, cambia el estado legal.   
Mas esto no es incompatible con la profecía de Isaías  sobre la inmutabilidad del Derecho; porque son consistente los cimientos morales del mismo, que la sociedad elige y determina, muchas veces a despacho de la fuerza coactiva del Estado. Lo cambiante es la expresión actual y concreta de la vida jurídica.

La realidad.

La fuerza arrolladora de los hechos y de los hombres cristianos humanizo el concepto de la familia romana, variandolo en absoluto. En cambio, el egoísmo de esos mismos cristianos ha negado o falsificado el sentido cristiano de la propiedad, y esta sigue siendo perfectamente romana. La fuerza (entíendose bien, la fuerza de la realidad, no fuerza bruta de las armas ) ha logrado que cuaje un Derecho cristiano para la familia y pagano para el dominio.
Mas lo que en veinte siglos no lograron la razón  ni la piedad, lo está logrando en pocos años el empuje arrollador de las masas obreras; y a pasos agigantes surge un derecho socialista, triturador del individualista exaltado que hace pocos más de un siglo culminó en la resolución.
Las fuentes de la responsabilidad no eran otras, tradicionalmente, sino la acción y la omisión. Pero llegan las leyes de accidente del trabajo y aparece una fuente nueva. el hecho de ser patrono.
La  autoridad, símbolo supremo del propietario, en la vida industrial ya se comparte hoy con los obreros.
Los atributos de usar y disponer que en lo antiguo aparecían como cosa sagrada, yacen ahora hecho pedazos por las leyes de expropiación forzosa, por las del "cultivos adecuados" y aún por simple ordenanzas municipales.
Una corriente establece en España la organización política centralista; otra corriente, antes de trascurrida una centuria, empuja  hacia el régimen autonomista.
Las expansiones de la vida han creado en pocos años un derecho mercantil al margen de los Códigos y más fuerte que todos ellos.
El derecho administrativo sufre tumbos y vaivenes porque le impulsan las conquistas científicas, y así le vemos cambiar según se aprovechan mejor los saltos de agua, o se acierta a utilizar los subproductos mineros, o se electrifican los ferrocarriles o se descubre la aviación.
Nacen los nuevos derechos, el derecho aeronáutico, ect.
Gobiernos liberales promulgan leyes de excepción.  hombres que abogaron contra la pena de muerte, ahorcan y fusilan a mansalva. Defensores del libre cambio, colaboran a políticas proteccionistas. El movimiento legislativo en todos los pueblos es obra de una Penépole de mil manos.
¿Es arbitrario ? ¿Es signo del tiempo presente? ¿Es remediable? No.
Es fenómeno consustancial a la vida, cuyas complejidades aumentan por instantes, y  escapan a las más  escrupulosas previsiones reguladoras. El derecho no establece la realidad sino que la sirve, y por esto camina mansamente tras ella, consiguiendo rara vez marchar a su paso.
Postulado: que lo que al Abogado importa no es saber el Derecho, sino conocer la vida.  El derecho positivo está en los libros. Se buscan, se estudia, y en paz. Pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte. 
Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos para advertirlo, será Abogado; quien no tenga más inspiración ni más guía que las leyes, será un desventurado ganapán. 1º ( Hombre rudo y tosco.) 
1º.-Ciuratti, en su Arte forense, para ponderar lo difícil que es la formación de un Abogado, no dice que haya de ser un pozo de ciencia jurídica. Elevándose y humanizándole, dice lo siguiente: "Dad a un hombre todas las dotes del espíritu, darle todas las del carácter, haced que todo lo haya visto, que todo lo haya aprendido y retenido , que haya trabajado durante treinta años de vida, que sea en conjunto un literato, un crítico de moralidad, que tenga la experiencia de un viejo y la infalibre memoria de un niño , y tal vez con todo estos formareis un Abogado completo."   
Por eso digo que la justicia no es fruto de un estudio, sino de una sensación.
A veces oigo censurar estas afirmaciones cual sí entrañasen una bárbara profanación. consuélese, sin embargo, verlas de vez en vez proclamadas por jurisconsultos de saber indiscutible. Léanse estas palabras de León Duguit: "El Derecho es mucho menos la obra de legislador que el producto constante y espontaneo de los hechos. Las leyes positivas, los Códigos, pueden permanecer intactos de sus textos rígidos: poco importa; por las fuerzas de las cosas, bajo la presión  de los hechos,de las necesidades prácticas, se forman constantemente instituciones jurídicas nuevas. el texto está siempre allí, pero ha quedado sin fuerza y sin vida, o bien por una exégesis sabia y   sutil, se le da un sentido y un alcance en los cuales no había soñado el legislador cuando lo redactaba  " 
Hay en el ejercicio de la profesión un instante decisivo para la conciencia del Abogado y aun para la tranquilidad pública: el de la consulta. 
El Letrado que después de oír el consultante se limite a preguntar "¿que dice la ley?", corre mucho riesgo de equivocarse y de perturbar la vida ajena. las preguntas introspectivas, origen del consejo inmediato, han de ser estas otras. "¿quien es este hombre que me consulta?" ¿Que se propone íntimamente ? ¿Que haría yo en su caso? ¿A quien dañaría con sus propósitos? en una palabra: "¿donde está lo justo?" Resulta esto, el apoyo legal es cosa segundaría.
Para comer, lo importante es tener salud, tener apetito, tener tiempo y tener dinero. Con estas cuatro cosas, hallar fonda y elegir lista son extremos subalternos, que logra cualquiera con un poco más o menos de trabajo.
Cuenta el ilustre novelista Henry Bordeaux ( Thonon-les-Bains, Alta Saboya, 25 de enero de 1870 – París, 29 de marzo de 1963), abogado, novelista y ensayista francés.) que, cuando fue pasante, su maestro, Mr. Romeaux, le enderezó estas observaciones, que le causaron profunda impresión:"Un Maistre, un Bonald, un Le Play, un Fuste de Coulanges, todos esos cuyas obras ha visto usted en primera linea de biblioteca, encuadernadas con más esmero que los repertorios de jurisprudencia, ha conocido y amado la tierra; no han dejado de pensar en ella. Razonaron sobre realidades, no sobre libros o lecciones de escuela. Por eso no hay en sus libros vagas abstracciones ni falta sensiblería. ponga usted figuras sobre los autos, sobre las cifras, sobre las palabras, sobre las ideas. Esa   partición que estudiaba usted cuando le he llamado, es el patrimonios fundado por un hombre, sostenido o agrandado por una serie de generaciones, dividido hoy sistemáticamente entre los hijos.
Un dominio que ha vivido, una familia que se divide son también novelas o tragedias"

El mismo autor refiere que cuando visitó a Daudel y le manifestó que era estudiante de Derecho, el glorioso escritor le dijo: "Las leyes, los códigos no deben ofrecer ningún interés. Se aprenden a leer con imágenes y se aprende la vida con los hechos.
Figuraos siempre hombres. Los códigos no existen en sí  mismos. Procure ver y observar. Estudie la importancia de los interés en la vida humana. La ciencia de la humanidad es la verdadera ciencia ". 
Fijémonos en un ejemplo mínimo y, por desdicha contante. Viene  a consultarnos un sujeto que pretende litigar un concepto de pobre. no tiene rentas, carrera ni oficio. vive en casa de otro. Carece de esposa y de hijos, cuyas rentas pudiendo disfrutar. Hállese, en fin, dentro de las condiciones señaladas en el Enjuiciamiento civil para gozar del beneficio. Y, no obstante, conforme le miramos y oímos, advertimos que su vestir es decoroso y su reloj es de precio, que veranea, que va a casino y teatros, que tiene amantes, que se interesa en negocios y que no da explicación racional de la antinomia entre esta buena vida y aquella carencia de bienes. si para contestarle y aceptar su defensa buscamos lo que dice la ley, hablemos de darle la razón y nos convertiremos en cómplices de una trapisonda  o de una infamia.
¿Que hipocresía es esa de buscar en la Ley soluciones contrarias a las que nos traza nuestro convencimiento ?
Pues el ejemplo es aplicable a todas, absolutamente todos los casos.
¿Que hemos de contestar a esta mujer casada que pretende divorciarse? ¿Lo que dicen leyes? No. Lo que interesa a sus hijos y a la ejemplaridad pública.
¿Que diremos a este propietario que quiere discutir con su colindante? ¿Lo que manda el Código civil ? No. Lo que conviene a su bolsillo, atendidas las circunstancias del caso y los gastos del pleito.
¿Que aconsejamos a este patrono intransigente, que se empeña en llegar a punta de lanza sus desinencias con un operario? ¿Lo que preceptué la ley ? No. Lo que asegure la cordialidad de relaciones para el desenvolvimiento de la industria.
¿Adonde miraremos para asesorar a los que quieren construir una sociedad industrial? ¿al texto preciso del Código, de las Ley de Timbre y  del impuesto del Derecho Reales? No. 
A las condiciones que prácticamente hagan el empeño más viable y fácil para sus autores y más provechoso para el cuerpo social.  

Lo legal y lo justo.

Así en todo. la pugna entre lo legal y lo justo no es invención de novelistas y dramaturgos, sino producto vivo de la realidad. el abogado debe estar bien apercibido para servir lo segundo aunque haya de desdeñar lo primero. y esto no es estudio sino sensación.   
De modo análogo veo el Arte. Todas las reglas de los técnicos no valen nada comparadas con el me gusta del sentimiento popular. La obra artística no se hace satisfacer prescripciones doctrinarias, sino para emocionar, alegrar, afligir o enardecer a la muchedumbre; si logra esto, llena el fin del arte, si lo consigue, será otra cosa -reflexión, estudio, paciencia, ensayo-pero arte no.   
Algunas vez he visto tachado de anárquicas estas ideas que yo tenía por inocente. Personas de gran responsabilidad sostienen que la inteligencia es facultad suprema a la que debe subordinarse el sentimiento, por ser aquélla una norma en la vida individual  y un nexo de sociabilidad; que sobre la percepción difusa, indefinible e informulable ha de estar la lucidez y la precisión de las ideas definidas objetivas; que la supremacía de la razón  en un principio de conducta que pertenece a la moral; que el catolicismo y la tradición clásica proclaman que la Sociedad  ha de estar formada por hombres de razón, por caracteres lógico, consistentes, por hombres capaces de juzgar y de refrenar sus propias impresiones, no por carácter delincuescentes, dispersos, degenerados, que sean juguetes del oleaje de la vida; y que las esencias del genio latino son las ideas de unidad, universalidad, orden y organización, es decir, las contrarias a la singularidad y al individualismo.       

Comentario personal.

Leyendo esas razones y escuchando otras análogas  me he preguntado muchas veces su realmente seré yo pagano en Arte y anarquista en Derecho.
Pero ni llega a intranquilizarme. Respecto del Arte, estoy conforme en que el autor debe tener ideología,sistema y finalidad genéricas en toda su obra, es decir, que debe estar gobernado por la razón.
Entregarse a la impresión de cada momento equivale a un mero cultivo sensualista; mas para establecer la comunicación  con el publico solo cuenta el artista con sensación. un filósofo, un jurista, un pensador, deben llamar a la razón del público con los útiles de la razón misma.  Pero el pintor, el músico,el dramaturgo, el novelista, deben determinar la sensación,  y por el camino  del sentimiento inducir al publico al raciocinio. Si se limita a mover el sentimiento serán sensualistas, soñadores, eróticos, y su obra no tendrá finalidad;si, al contrario, se empeñan en prescindir de las sensaciones como hilo conductor, serán cualquier cosa menos artistas... o serán artistas del genre ennuyeux que anatematizan el poeta.
Cosa semejante ocurre en la vida jurídica. el legislador,el jurisconsulto y aun el abogado, deben tener un sistema, una orientación del pensamiento ; pero cuando se presenta el pleito en concreto, su inclinación hacia uno u otro lado  debe ser hija de la sensación  es un simple reflejo de todo el cuerpo doctrinal que el jurista lleva su alma. por donde la sensación es aquí el vehículo de la justicia como en el otro caso lo es del arte.          
El abogado que al enterarse de lo que se le consulta no experimenta la sensación de lo justo y lo injusto(naturalmente, con arreglo a su sistema preconcebido) y cree hallar en el estudio de los textos, se expone a tejer artificios legalistas ajenos al sentido de la justicia.  
El organismo del derecho responde a una moral. El hombre necesita un sistema de moral, para no ser juguete de los vientos, y cuando se halle orientado moralmente , su  propia conciencia le dirá lo que legales ni a investigaciones científicas.  
Después de todo, esto es lo que los antiguos sostenían mediante el aforismo summum jus summa injuria. Lo bueno, lo equitativo, lo prudente, lo cordial no ha buscarse en la Gaceta. Viene de muchos más lejos, de muchos más alto... 


Comentario.


El señor  Ángel Ossorio y Gallardo

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