Caricaturas de Barrister (Abogados) en revista inglesa Vanity Fair

miércoles, 23 de enero de 2019

358).-Ceremonia de investiduras de Abogados del 21/12/2018.


 Paula Flores Vargas; Ana Karina Gonzalez Huenchuñir; Luis Alberto Bustamante Robin; José Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdés;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Álvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Verónica Barrientos Meléndez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andrés Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma; Nelson Gonzalez Urra ; Ricardo Matías Heredia Sánchez; Alamiro Fernández Acevedo;  Soledad García Nannig;

 
Ceremonia de investiduras de Abogados del  21/12/2018.


 
FABIOLA DEL PILAR GONZÁLEZ HUENCHUÑIR


Ser abogado Señoras Ministras y Señores Ministros de la Corte Suprema, Nuevas abogadas y nuevos abogados, Señoras y señores: El compromiso que ustedes han adquirido el día de hoy, mediante la fe del juramento, les vincula con principios y valores representados por la lealtad y honradez, los cuales se refieren a un comportamiento exento de reproches éticos, luchando por la primacía de esos valores y principios permanentes de la Humanidad, determinación que les genera igualmente la responsabilidad de tomar parte activa en el desarrollo de nuestra sociedad. En ese entendido quiero participarles que la Universidad de Chile ha iniciado un debate respecto del futuro de nuestra profesión, tratando de efectuar un diagnóstico claro de lo que sucede en la actualidad, para procurar sentar las bases de lo que debe ser una reflexión seria sobre los desafíos y aspectos a superar en el futuro. Este análisis debemos efectuarlo sobre bases sustanciales y cuantitativas, desde un punto de vista de la formación ética y el conocimiento técnico y práctico, pero también conjugando los intereses de quienes desean ser profesionales del derecho y las reales posibilidades de desarrollo que tendrán en la sociedad. El acto por el cual una persona encomienda a un abogado la defensa de sus derechos en juicio, es un mandato, dice el artículo 528 del Código Orgánico de Tribunales. Como mandatario le corresponde tener siempre en consideración y en primer lugar los intereses del cliente, actuando con la diligencia y cuidado de un buen padre de familia, por lo que responde de la culpa leve, al ser un contrato bilateral (art. 2129 del Código Civil). Desarrollando lo anterior el legislador fue más claro, por lo que incluso dispone que el mandatario “debe abstenerse de cumplir el mandato cuya ejecución sería manifiestamente perniciosa al mandante” (art. 2149 del Código Civil). Del mismo modo se descarta toda posibilidad que el abogado pueda obtener provecho en perjuicio del mandante, apropiarse de dineros y especies u otras maniobras ilícitas, sancionándole penalmente en tal caso, como la prevaricación del abogado al defender a ambas partes en juicio en juicio. Tan importante es la aceptación que hace abogado del encargo, que su vinculación no concluye con la muerte del mandante (art. 529 del COT) y, que la terminación voluntaria por renuncia del encargo obliga al profesional a dar noticias del estado del juicio, sin lo cual no le es posible abandonar la defensa (art. 10 del CPC), circunstancia que J. Couture destaca en la lealtad para con el cliente, al que no se debe abandonar hasta que se comprenda que es indigno de tu defensa. Los abogados son auxiliares de la Administración de Justicia, razón por la cual son personas revestidas por la autoridad competente de la facultad de defender ante los Tribunales de Justicia los derechos de las partes litigantes (art. 520 del COT). Este poder de postulación es la característica principal de estos profesionales, determinando que su primer deber sea para con la misma Administración de Justicia, puesto que deben fidelidad al juez, quien ignora los hechos y debe confiar en lo que se le señala; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que se le invoca (5to Mandamiento de Couture). La particularidad indicada es la razón por la cual el título de abogado será conferido en audiencia pública por la Corte Suprema reunida en tribunal pleno, constituyéndose en el único título profesional que otorga una autoridad distinta de las universidades. Del mismo modo es la única profesión cuya intervención es reconocida por la Constitución Política de la República y constituye una garantía para quien la solicita. Para el otorgamiento del título profesional se requiere que cumpla diferentes requisitos, entre los cuales se destaca que, previamente, obtenga el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas, calidad que garantiza que han adquirido los conocimientos y competencias personales para desempeñar esta profesión. El grado académico indicado genera una relación con la Universidad, la cual tiene la responsabilidad de formar y entregar los conocimientos técnicos y prácticos que se requieren para adquirir este titulo. La Ley de Educación contempla como primera institución de educación superior a las universidades, que son las instituciones habilitadas para entregar la base académica del profesional, luego de haber aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren la formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. En este mismo sentido el grado académico de licenciado es el que se otorga al alumno de una universidad que ha aprobado un programa de estudios que comprenda todos los aspectos esenciales de un área del conocimiento o de una disciplina determinada. Expresamente se señala al respecto: Los títulos profesionales que requieren haber obtenido el grado de licenciado, es, entre otras, el de abogado y, específicamente el de Licenciado en Ciencias Jurídicas. La cantidad de personas a quienes se le ha entregado por años el título profesional por la Corte Suprema es de 815 el año 1997; en el año 1999 se elevó a 1.079, para llegar a 1700 el año 2005. El año 2010 se empinaba en 2378, llegando el presente año a superar los 4.000 Licenciados a quienes se les conferirá el titulo de abogado. El registro de las personas a quienes se les ha otorgado el título de abogado en Chile es de 66.673. Figuran, además, 740 personas habilitadas para el ejercicio de la profesión, sin que se pueda precisar la cantidad total de abogados vivos en la actualidad. Si se reduce el universo observado, desde 1988 a la fecha, se advierte la democratización de la enseñanza, pero al mismo tiempo la explosión en la cantidad de abogados, la cual llega a 51.551 y los habilitados es de 575 profesionales. Múltiples son los campos de acción que se abren a un abogado para contribuir al desarrollo con responsabilidad social. Es por ello que el servicio público se puede satisfacer desde distintas aristas. Una mirada general a la profesión nos permitirá manifestar aquello que hemos observado en los estrados judiciales, como es la pérdida creciente de las formas, modales y reglas de cortesía, que están de la mano de la informalidad, todo lo cual determina un cambio, que en sí mismo, puede estimarse como el signo de los tiempo en una sociedad más igualitaria. Sin embargo, es parte de un fenómeno más general y especialmente preocupante, como es el desinterés y la falta de responsabilidad, que da paso a cierta ausencia de preparación, desconocimiento de los antecedentes relacionados con el caso y la improvisación, en que no son excepcionales las excusas que se solicitan sustentadas en haber sido contratados solamente para la defensa oral y no en relación al litigio en su integridad. Es por ello que el control ético resulta indispensable, el cual debe quedar entregado al Colegio Profesional de los abogados, sin atender al hecho que el profesional se encuentre colegiado. Por último, el conocimiento de la nueva forma de tramitación en los tribunales resulta indispensable se aborde en las universidades, pero también de manera individual por los abogados, puesto que definitivamente el expediente de papel dio paso la carpeta electrónica, cuyas particularidades debemos conocer, en especial por la nueva forma de relacionarse de los abogados con los tribunales: la Oficina Judicial Virtual. El equilibrio en la formación sustancial ética y de las distintas ramas del Derecho, con la adquisición de conocimientos tecnológicos y prácticos, es el actual desafío que enfrenta la profesión, pero igualmente el creciente número de abogados en quienes debe evitarse la frustración. Les invito a participar en esta preocupación y a contribuir a su análisis. Para ser justos en una mirada integral del tema, sin duda hay que reconocer a sus familiares y amigos la preocupación y compañía que les han entregado en el curso de su formación académica, todo lo cual ha permitido que lleguen a cumplir con éxito esta primera etapa en su realización profesional: obtener el titulo profesional de abogadas y abogados. Es por ello que les agradecemos e igualmente les felicitamos, pues son parte importante del logro que ustedes concretan hoy.
Muchas gracias.



Tiempo 
 
Solange Huerta

 
Solange Paola Huerta Reyes (Talagante, 2 de febrero de 1969) es una abogada chilena. Ejerció como Directora nacional del Servicio Nacional de Menores (Sename) entre 2016 y 2018. Entre 2000 y 2016 trabajó como persecutora en el Ministerio Público, llegando a ejercer como fiscal regional Metropolitano Occidente entre 2008 y 2016. Estudios
A fines de los años 1980, mientras estudiaba en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Huerta formó parte de la corriente «Almeydista» del Partido Socialista de Chile. Antes de trabajar en el Ministerio Público, se desempeñó como jefa de abogados de primera instancia en la División de Juicios del Instituto de Normalización Previsional. Ha cursado los pos-títulos: «Justicia Criminal y Sistema Acusatorio: hacia un Nuevo Proceso Penal», en la Universidad Diego Portales; «Aspectos Fundamentales y Tendencias Actuales en Derecho Penal», en la Universidad Católica del Norte; «Fortalecimiento del Estado de Derecho a través de la Capacitación en Derechos Humanos de Operadores de la Justicia», dictado por la Universidad de Chile. Carrera profesional.
Carrera en la Fiscalía
Ingresó al Ministerio Público de Chile en el año 2000 cuando el sistema de justicia criminal acusatorio recién se instalaba en el país, asumiendo el cargo de fiscal jefe de la Fiscalía Local de Illapel en la Región de Coquimbo. En el ámbito de la actividad docente, entre los años 2002 y 2005 desempeñó un activo rol en la formación de fiscales adjuntos y abogados asistentes del Ministerio Público como expositora y monitora en capacitaciones internas e interinstitucionales. En el año 2007 fue expositora en el Seminario Internacional «Violencia de Género y Justicia Penal: Avances y Desafíos», efectuado en Quito, Ecuador. En el año 2004 asumió como la primera y única mujer en el cargo de fiscal jefe en la Región Metropolitana, en la Fiscalía Local de Melipilla. Posteriormente a su salida de la Fiscalía Regional, Huerta asumió como directora de la Unidad Especializada de Violencia Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía Nacional. Fiscal regional
En enero de 2008 fue nombrada como fiscal regional de la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente. Huerta lideró el equipo conformado por los fiscales Andrés Castellanos y Luis Tapia, junto con efectivos de la Fuerza de Tarea Reservada Occidente, dependiente de la Jefatura Nacional de Homicidios de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI). Posterior al terremoto que afectó la zona centro sur de Chile el 27 de febrero de 2010, el fiscal nacional Sabas Chahuán, designó a la fiscal Huerta para investigar posibles errores cometidos por las autoridades en decretar alerta de tsunami, en especial el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA) y la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (ONEMI). En febrero de 2015, mientras Solange Huerta se encontraba en calidad de fiscal nacional subrogante, estableció una resolución que dejó fuera del polémico «Caso Penta» al persecutor Carlos Gajardo de la Fiscalía Oriente, interviniendo la investigación y dejando fuera del caso la arista referente a la Sociedad Química y Minera de Chile (SQM). En esta misma intervención, dejó a cargo del «Caso SQM» al fiscal regional Centro Norte, Andrés Montes Cruz, hijo del senador del Partido Socialista, Carlos Montes Cisternas, y hermano de la subsecretaria de Turismo Javiera Montes Cruz. Ante los alcances políticos de esta decisión, el fiscal nacional titular Sabas Chahuán decidió asumir la dirección de la investigación del «Caso Penta» y revirtió esta medida una semana después, restableciendo las funciones de Gajardo. Cesó en sus funciones el 21 de enero de 2016. Directora del Sename En julio de 2016 fue nombrada directora nacional del Servicio Nacional de Menores (Sename) por la presidenta Michelle Bachelet. Dejó el cargo al término de la administración en marzo de 2018.


La reaparición de Solange Huerta: ex-fiscal aterriza en la Defensoría Penal Pública.

La abogada, quien también encabezó el Servicio Nacional de Menores (Sename), asumió como encargada de la nueva Unidad de Causas Complejas de la Defensoría Nacional.
 
José Carvajal Vega
18 AGOSTO 2025

Casi siete años han pasado desde que Solange Huerta dejó la esfera pública. Pero quien encabezara la Fiscalía Metropolitana Occidente desde el 2008 al 2016 volvió al mundo público y asumió un cargo directivo en la Defensoría Penal Pública (DPP).
En la institución encabezada por la defensora nacional, Verónica Encina, la exfiscal asumirá la coordinación de la nueva Unidad de Causas Complejas de la Defensoría Nacional, labor a la que ya se integró desde el 1 de agosto pasado.
Desde la institución destacaron la extensa carrera profesional de la abogada de la Universidad de Chile y magister en Derecho de la Universidad de Valparaíso y quien además cuenta con otros tres postítulos relacionados al derecho penal.
Desde la DPP resaltaron que la carrera pública de la nueva coordinadora de causas complejas comenzó el 2000, tras la reforma procesal penal, como fiscal jefa de la Fiscalía Local de Illapel, en la Región de Coquimbo. En ese cargo estuvo cuatro años, el cual luego dejó para convertirse en la primera y única jefa de la Fiscalía Local de Melipilla, en la Región Metropolitana. Posterior a eso, Huerta pasó a encabezar la Fiscalía Occidente.
En 2016 la persecutora dejó el Ministerio Público, asumiendo como directora del Servicio Nacional de Menores (Sename) hasta el año 2018. Desde entonces y hasta ahora, la abogada se dedicó al ejercicio privado de la profesión en el estudio HCYP Abogados, del cual era socia.

Las investigaciones de Huerta

Como persecutora, la abogada encabezó importantes investigaciones. Una de ellas fue la que indagó presuntas responsabilidades de las autoridades en el manejo de la emergencia del terremoto del 2010. En esa causa, en la que fue nombrada por el entonces fiscal nacional, Sabas Chahuán, incluso tomó declaración a la expresidenta Michelle Bachelet.
Ya en el Sename, tras ser nombrada por Bachelet, la abogada de la Universidad de Chile encabezó el cruce de datos entre el Servicio Médico Legal (SML), el Registro Civil y la institución que encabezaba, para determinar cuántos niños, niñas y adolescentes habían fallecido bajo protección del Estado.
El análisis liderado por Huerta determinó que 210 menores de edad habían fallecido en hogares o centros residenciales, mientras que otros 406 en programas ambulatorios de la institución.



No hay comentarios:

Publicar un comentario