Luis Alberto Bustamante Robín; José Guillermo González Cornejo; Jennifer Angélica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdés; Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Álvaro Gonzalo Andaur Medina; Carla Verónica Barrientos Meléndez; Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo Price Toro; Julio César Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andrés Oyarse Reyes; Franco González Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara; Demetrio Protopsaltis Palma; Nelson González Urra ;Ana Karina González Huenchuñir; Ricardo Matías Heredia Sánchez; Alamiro Fernández Acevedo; Soledad García Nannig; Paula Flores Vargas;
|
Análisis profundo del capítulo "La sensación de la justicia", cuarto capítulo de la obra El alma de la toga de Ángel Ossorio y Gallardo:
1. Resumen y Tesis Central
El capítulo aborda el eterno dilema entre la rigurosidad formal de la ley escrita y la realidad viva de la justicia. Ossorio argumenta que el Derecho positivo es cambiante, dinámico y siempre va por detrás de los hechos sociales, económicos y humanos (la familia, la industria, el trabajo, las costumbres).
La tesis principal es que la justicia no es fruto de un estudio técnico de los códigos, sino de una sensación. Para el autor, lo que verdaderamente importa al abogado no es saber de memoria el derecho positivo (que está en los libros y puede consultarse), sino conocer profundamente la vida humana y poseer la sensibilidad intuitiva para discernir lo justo de lo injusto en cada caso concreto.
2. Estructura y Puntos Clave
El desarrollo del capítulo se compone de los siguientes apartados y argumentos centrales:
La naturaleza cambiante del derecho: El derecho escrito es inestable y muta al ritmo de la violencia, el egoísmo, las reivindicaciones obreras, los avances tecnológicos o las necesidades económicas. Las leyes son una obra imperfecta y rezagada frente a la realidad arrolladora de la vida.
Postulado fundamental — Conocer la vida, no solo el derecho: Cita autoridades como Ciuratti, León Duguit, Henry Bordeaux y Alphonse Daudet para demostrar que los grandes juristas y pensadores razonan sobre realidades humanas y no sobre abstracciones de libros. Pone ejemplos cotidianos (el falso pobre que litiga de mala fe, el divorcio, los conflictos patronales) para evidenciar que atenerse ciegamente a la ley puede convertir al abogado en cómplice de una infamia.
Lo legal frente a lo justo: La pugna entre lo legal y lo justo es real. El abogado debe estar preparado para servir lo segundo, aun cuando deba desdeñar lo primero. La justicia requiere empatía e introspección profunda ante el cliente (preguntándose: ¿Quién es? ¿Qué busca íntimamente? ¿Qué haría yo? ¿Dónde está lo justo?).
El debate del subjetivismo y la respuesta del autor: Ante las críticas que tildan estas ideas de "anárquicas" por anteponer el sentimiento a la razón abstracta, Ossorio aclara su postura: el jurista debe tener un sistema moral y una formación doctrinal sólida previa, pero la aplicación concreta al resolver un caso debe ser guiada por la sensación de justicia, la cual actúa como un reflejo de todo ese bagaje interior. La justicia verdadera, lo equitativo y lo prudente no se encuentran en la Gaceta (el boletín oficial), sino que provienen de un plano ético superior.
3. Ideas Fuerza y Citas Memorables
El verdadero objetivo del abogado:
"Que lo que al Abogado importa no es saber el Derecho, sino conocer la vida. El derecho positivo está en los libros. Se busca, se estudia, y en paz. Pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte."
La primacía de la intuición ética sobre el texto:
"Por eso digo que la justicia no es fruto de un estudio, sino de una sensación."
Las preguntas esenciales ante el cliente:
"Las preguntas introspectivas, origen del consejo inmediato, han de ser estas otras: ¿Quién es este hombre que me consulta? ¿Qué se propone íntimamente? ¿Qué haría yo en su caso? ¿A quién dañaría con sus propósitos? En una palabra: ¿Dónde está lo justo? Resulta esto, el apoyo legal es cosa secundaria."
El límite del derecho formal:
"La pugna entre lo legal y lo justo no es invención de novelistas y dramaturgos, sino producto vivo de la realidad. El abogado debe estar bien apercibido para servir lo segundo aunque haya de desdeñar lo primero..."
4. Reflexión y Vigencia Actual
Este capítulo es uno de los más provocadores y profundos de la obra de Ossorio, con total vigencia en el derecho moderno:
El peligro del positivismo legalista ciego: El texto previene contra el "abogado burócrata" o leguleyo que aplica la ley de forma mecánica sin importarle el daño social o la injusticia material que provoca.
La importancia de la sociología jurídica y la realidad social: Anticipa la visión de que el Derecho no es un ente abstracto y aislado, sino un instrumento dinámico que debe responder a las necesidades cambiantes de la sociedad (derechos laborales, tecnológicos, ambientales, etc.).
La ética por encima de la argucia técnica: Recuerda que la técnica jurídica sin conciencia ética degrada la profesión a una mera facilitación de trampas legales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario