Caricaturas de Barrister (Abogados) en revista inglesa Vanity Fair

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viernes, 1 de marzo de 2013

137).-El Alma de la Toga (V): LA SENSIBILIDAD.


Luis Alberto Bustamante Robín; José Guillermo González Cornejo; Jennifer Angélica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdés;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Álvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Verónica Barrientos Meléndez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andrés Oyarse Reyes; Franco González Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma; Nelson González Urra; Ana Karina González Huenchuñir;  Ricardo Matías Heredia Sánchez; Alamiro Fernández Acevedo;  Soledad García Nannig; Paula Flores Vargas;

 Ivette Renee Morguet Besoain

6.- LA SENSIBILIDAD.

¿Puede un Abogado ser frió de alma? no, ¿Puede ser emocionable? Tampoco.

El Abogado actúa sobre las pasiones, las ansias, los apetitos en que se consume la Humanidad. si su corazón es ajeno a todo ello ¿como lo encenderá su cerebro? 
La familia arruinada, el hombre a las puertas del presidio, el matrimonio disociado, la ingratitud del hijo, la lucha social en sus revelaciones más descarnadas, el fraude infame de un interés legitimo, las nobles acometidas para traer a Patria nuevas riquezas...todo eso es nuestro campo de operaciones. 
Quien no sepa  del dolor, ni comprenda el entusiasmo, ni ambicione la facilidad, ¿como acompañará a los combatientes? Únicamente los desalmados en la más aborrecible aceptación del vocablo, pueden ver impasibles todo eso, que es el nervio de la vida, la razón de vivir diríase  más bien.

Intereses propios del Abogado  y los intereses del cliente.

Y, sin embargo, ¿es conveniente, es licito siquiera que tomemos los bienes y males ajenos como si fueran propios, y obremos como comendatarios del interés que defendemos ?
De ningún modo. 
La  sabiduría popular ha dicho acertadamente que "pasión quita conocimiento " y que "nadie es juez de causa propia". 
El derecho, al establecer  muestra función, no sólo ha querido crear un guía, sino también interponer un juicio sereno entre el interés enardecido y los estrados del Tribunal. El litigante lo pediría todo, a cualquier hora y de cualquier manera; el defensor, por obcecado y malicioso que sea, sabe que hay barreras para la iniciativa y que sus movimientos tienen el valladar de la circunspección, perdida la cual, peligra el éxito de la causa y el crédito de su amparador.
De ahí que, aun olvidado en las leyes, siga condenado por el decoro el pacto de cuota litis. El letrado que ha de obtener la misma remuneración  legitima, cualquiera  que sea el resultado del negocio  acompañado con templanza, procede con mesura, hacer lo que la moral y la ley consisten. El que sabe que ganará más o menos según la solución que obtenga, tiene ya nublada la vista por la codicia, pierde su serena austeridad, participa de la ofuscación de su defendido y lejos de ser un canal, es un torrente.

La formula.

La fórmula para coordinar estados de ánimo tan opuestos es la que, según Cortina  al decir, con relación al archivo de sus pleitos, que "los habría defendido como propios y los habría sentido como ajenos ".
Así ha de ser. quien nos busca tiene necesidad de que comprendamos y comportamos y comportamos en anhelo. por eso no es Abogado completo el soltero, ya que no conoce por experiencia de su sangre lo que son la vida conyugal, los deberes paternos y la unidad de la familia.
Una madre que llora no puede ser atendida totalmente por un bon vivant de Casino; un financiero que aspira a crear un ferrocarril, no tiene comunicación plena con un escéptico indiferente a la riqueza del país y a su progreso. En intima y secreta comunión de consultante y asesor, aquél ha menester que éste no se limite a leer Códigos, sino que ponga el alma al mismo ritmo que marcha la suya.
Pero nada más. Prestado el esfuerzo, otorgada la compañía cordial, ni se puede ni se debe dar otra cosa. El triunfo como el fracaso han de hallarnos no solo tranquilo, sino emancipados de su imperio.
La razón es clara. Cada cliente tiene derecho a disfrutar de la plenitud  de nuestras facultades, y no puede ser disculpa de nuestras torpezas la emoción de que seamos presa por el resultado de otros asuntos. Seguramente nosotros no nos fiaremos de un médico a quien le temblase la mano y se le saltasen las lágrimas cuando nos fuese a operar, aunque diera como descargo la inquietud que le domina por habérsele muerto un enfermo el día anterior. Pues apliquémonos en cuento.          
El cliente tiene derecho a nuestra cultura, a nuestra palabra y, sobre todo, a nuestra prudencia en el consejo y a nuestra serenidad en la acción. Traicionaríamos nuestro deber si actuásemos abatidos por un desastre o embriagados por un triunfo. El abogado es como la balanza de precisión de un laboratorio: en separándose un milímetro de fiel, origina la intoxicación o el fraude. 
En otro sentido hay que tomar en cuenta la emotividad. Lo que rinde y destroza al hombre no es el trabajo, por duro que sea, sino la serie inacabable de sensaciones que tienen en tensión el sistema nervioso y que son las características de la vida moderna, y especialmente de la ida del Abogado.
-¡Se ha perdido el pleito de Fulano!
 -¡Se ha ganado el de Mengano!
-¡ No se logra colocar la emisión de obligaciones!
-¡ Ha muerto el testigo más importante para tal pleito!
-¡ No se encuentra un documento indispensable!
-¡El recurso de casación vence esta noche!
-¡Acaban de señalar una vista para mañana!
-¡Se transigió felizmente la cuestión ! 
-¡Se han tirado los trastos a la cabeza en una junta de acreedores!
 Y esto mil veces al día, y todos los días, y todos los años... ¡Oh, dios que tortura! Si siquiera fueran las sacudidas sucesivas, podrían tolerarse.
Pero son simultaneas y su coincidencia las aumenta y agrava. Al ir a entrar a una vista, cuando vivimos solo para el informe que hemos de pronunciar, un procurador nos dispara una noticia desagradable; cuando estamos en el instante critico de una Junta, nos avisan por teléfono que a otro cliente le ocurren una catástrofe y necesidad nuestra asistencia inmediata... Es como si gnomos invisibles se entretuvieran en darnos constantemente alfilerazos en todas las partes del cuerpo para impedirnos el reposo.
No sería posible sobrevivir ni a un quinquenio de ese régimen  de acoso, si no opusiéramos al ataque un sistema de prudencia indiferencia, un ¡venga lo Dios quera! y un constante recuerdo de que "quien da lo tiene no está obligado a más" .
 Si  en cada minuto recibiríamos los chispazos sin el pararrayos de la relativa insensibilidad, moriríamos todos de rabieta.  
La dificultad es ardua de veras. Hay que preparar la batalla con pasión y recibir impertérrito la noticia del resultado, tener ardor y no tener amor propio, amar y no preocuparse por destino del objeto amado...Tiene los caracteres de una framatica paradoja.   
No es sencilla, no, la urdimbre sentimental del Abogado. 


El señor  Ángel Ossorio y Gallardo

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viernes, 1 de febrero de 2013

134).-El Alma de Toga (III): LA SENSACIÓN DE LA JUSTICIA.


Luis Alberto Bustamante Robin; José Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma;Nelson Gonzalez Urra ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo; Paula Flores Vargas;Ana Karina Gonzalez Huenchuñir;  Soledad García Nannig;

soledad garcia nannig

4.- LA SENSACIÓN DE LA JUSTICIA.

Naturaleza cambiante del derecho.

¿Donde ha de buscar el Abogado la orientación de su juicio y las fuentes de su actuación ?
¿En el estudio del Derecho escrito?
Terminantemente lo niego.
Un literato ha dicho que el Derecho es como una mujer casquivana que se va detrás de cualquier hombre que haga sonar las espuelas. Si se refiere al Derecho positivo de cada día, la impugnación es de triste certeza.
Detrás de una violencia triunfante o siquiera amenazadora, cambia el estado legal.   
Mas esto no es incompatible con la profecía de Isaías  sobre la inmutabilidad del Derecho; porque son consistente los cimientos morales del mismo, que la sociedad elige y determina, muchas veces a despacho de la fuerza coactiva del Estado. Lo cambiante es la expresión actual y concreta de la vida jurídica.

La realidad.

La fuerza arrolladora de los hechos y de los hombres cristianos humanizo el concepto de la familia romana, variandolo en absoluto. En cambio, el egoísmo de esos mismos cristianos ha negado o falsificado el sentido cristiano de la propiedad, y esta sigue siendo perfectamente romana. La fuerza (entíendose bien, la fuerza de la realidad, no fuerza bruta de las armas ) ha logrado que cuaje un Derecho cristiano para la familia y pagano para el dominio.
Mas lo que en veinte siglos no lograron la razón  ni la piedad, lo está logrando en pocos años el empuje arrollador de las masas obreras; y a pasos agigantes surge un derecho socialista, triturador del individualista exaltado que hace pocos más de un siglo culminó en la resolución.
Las fuentes de la responsabilidad no eran otras, tradicionalmente, sino la acción y la omisión. Pero llegan las leyes de accidente del trabajo y aparece una fuente nueva. el hecho de ser patrono.
La  autoridad, símbolo supremo del propietario, en la vida industrial ya se comparte hoy con los obreros.
Los atributos de usar y disponer que en lo antiguo aparecían como cosa sagrada, yacen ahora hecho pedazos por las leyes de expropiación forzosa, por las del "cultivos adecuados" y aún por simple ordenanzas municipales.
Una corriente establece en España la organización política centralista; otra corriente, antes de trascurrida una centuria, empuja  hacia el régimen autonomista.
Las expansiones de la vida han creado en pocos años un derecho mercantil al margen de los Códigos y más fuerte que todos ellos.
El derecho administrativo sufre tumbos y vaivenes porque le impulsan las conquistas científicas, y así le vemos cambiar según se aprovechan mejor los saltos de agua, o se acierta a utilizar los subproductos mineros, o se electrifican los ferrocarriles o se descubre la aviación.
Nacen los nuevos derechos, el derecho aeronáutico, ect.
Gobiernos liberales promulgan leyes de excepción.  hombres que abogaron contra la pena de muerte, ahorcan y fusilan a mansalva. Defensores del libre cambio, colaboran a políticas proteccionistas. El movimiento legislativo en todos los pueblos es obra de una Penépole de mil manos.
¿Es arbitrario ? ¿Es signo del tiempo presente? ¿Es remediable? No.
Es fenómeno consustancial a la vida, cuyas complejidades aumentan por instantes, y  escapan a las más  escrupulosas previsiones reguladoras. El derecho no establece la realidad sino que la sirve, y por esto camina mansamente tras ella, consiguiendo rara vez marchar a su paso.
Postulado: que lo que al Abogado importa no es saber el Derecho, sino conocer la vida.  El derecho positivo está en los libros. Se buscan, se estudia, y en paz. Pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte. 
Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos para advertirlo, será Abogado; quien no tenga más inspiración ni más guía que las leyes, será un desventurado ganapán. 1º ( Hombre rudo y tosco.) 
1º.-Ciuratti, en su Arte forense, para ponderar lo difícil que es la formación de un Abogado, no dice que haya de ser un pozo de ciencia jurídica. Elevándose y humanizándole, dice lo siguiente: "Dad a un hombre todas las dotes del espíritu, darle todas las del carácter, haced que todo lo haya visto, que todo lo haya aprendido y retenido , que haya trabajado durante treinta años de vida, que sea en conjunto un literato, un crítico de moralidad, que tenga la experiencia de un viejo y la infalibre memoria de un niño , y tal vez con todo estos formareis un Abogado completo."   
Por eso digo que la justicia no es fruto de un estudio, sino de una sensación.
A veces oigo censurar estas afirmaciones cual sí entrañasen una bárbara profanación. consuélese, sin embargo, verlas de vez en vez proclamadas por jurisconsultos de saber indiscutible. Léanse estas palabras de León Duguit: "El Derecho es mucho menos la obra de legislador que el producto constante y espontaneo de los hechos. Las leyes positivas, los Códigos, pueden permanecer intactos de sus textos rígidos: poco importa; por las fuerzas de las cosas, bajo la presión  de los hechos,de las necesidades prácticas, se forman constantemente instituciones jurídicas nuevas. el texto está siempre allí, pero ha quedado sin fuerza y sin vida, o bien por una exégesis sabia y   sutil, se le da un sentido y un alcance en los cuales no había soñado el legislador cuando lo redactaba  " 
Hay en el ejercicio de la profesión un instante decisivo para la conciencia del Abogado y aun para la tranquilidad pública: el de la consulta. 
El Letrado que después de oír el consultante se limite a preguntar "¿que dice la ley?", corre mucho riesgo de equivocarse y de perturbar la vida ajena. las preguntas introspectivas, origen del consejo inmediato, han de ser estas otras. "¿quien es este hombre que me consulta?" ¿Que se propone íntimamente ? ¿Que haría yo en su caso? ¿A quien dañaría con sus propósitos? en una palabra: "¿donde está lo justo?" Resulta esto, el apoyo legal es cosa segundaría.
Para comer, lo importante es tener salud, tener apetito, tener tiempo y tener dinero. Con estas cuatro cosas, hallar fonda y elegir lista son extremos subalternos, que logra cualquiera con un poco más o menos de trabajo.
Cuenta el ilustre novelista Henry Bordeaux ( Thonon-les-Bains, Alta Saboya, 25 de enero de 1870 – París, 29 de marzo de 1963), abogado, novelista y ensayista francés.) que, cuando fue pasante, su maestro, Mr. Romeaux, le enderezó estas observaciones, que le causaron profunda impresión:"Un Maistre, un Bonald, un Le Play, un Fuste de Coulanges, todos esos cuyas obras ha visto usted en primera linea de biblioteca, encuadernadas con más esmero que los repertorios de jurisprudencia, ha conocido y amado la tierra; no han dejado de pensar en ella. Razonaron sobre realidades, no sobre libros o lecciones de escuela. Por eso no hay en sus libros vagas abstracciones ni falta sensiblería. ponga usted figuras sobre los autos, sobre las cifras, sobre las palabras, sobre las ideas. Esa   partición que estudiaba usted cuando le he llamado, es el patrimonios fundado por un hombre, sostenido o agrandado por una serie de generaciones, dividido hoy sistemáticamente entre los hijos.
Un dominio que ha vivido, una familia que se divide son también novelas o tragedias"

El mismo autor refiere que cuando visitó a Daudel y le manifestó que era estudiante de Derecho, el glorioso escritor le dijo: "Las leyes, los códigos no deben ofrecer ningún interés. Se aprenden a leer con imágenes y se aprende la vida con los hechos.
Figuraos siempre hombres. Los códigos no existen en sí  mismos. Procure ver y observar. Estudie la importancia de los interés en la vida humana. La ciencia de la humanidad es la verdadera ciencia ". 
Fijémonos en un ejemplo mínimo y, por desdicha contante. Viene  a consultarnos un sujeto que pretende litigar un concepto de pobre. no tiene rentas, carrera ni oficio. vive en casa de otro. Carece de esposa y de hijos, cuyas rentas pudiendo disfrutar. Hállese, en fin, dentro de las condiciones señaladas en el Enjuiciamiento civil para gozar del beneficio. Y, no obstante, conforme le miramos y oímos, advertimos que su vestir es decoroso y su reloj es de precio, que veranea, que va a casino y teatros, que tiene amantes, que se interesa en negocios y que no da explicación racional de la antinomia entre esta buena vida y aquella carencia de bienes. si para contestarle y aceptar su defensa buscamos lo que dice la ley, hablemos de darle la razón y nos convertiremos en cómplices de una trapisonda  o de una infamia.
¿Que hipocresía es esa de buscar en la Ley soluciones contrarias a las que nos traza nuestro convencimiento ?
Pues el ejemplo es aplicable a todas, absolutamente todos los casos.
¿Que hemos de contestar a esta mujer casada que pretende divorciarse? ¿Lo que dicen leyes? No. Lo que interesa a sus hijos y a la ejemplaridad pública.
¿Que diremos a este propietario que quiere discutir con su colindante? ¿Lo que manda el Código civil ? No. Lo que conviene a su bolsillo, atendidas las circunstancias del caso y los gastos del pleito.
¿Que aconsejamos a este patrono intransigente, que se empeña en llegar a punta de lanza sus desinencias con un operario? ¿Lo que preceptué la ley ? No. Lo que asegure la cordialidad de relaciones para el desenvolvimiento de la industria.
¿Adonde miraremos para asesorar a los que quieren construir una sociedad industrial? ¿al texto preciso del Código, de las Ley de Timbre y  del impuesto del Derecho Reales? No. 
A las condiciones que prácticamente hagan el empeño más viable y fácil para sus autores y más provechoso para el cuerpo social.  

Lo legal y lo justo.

Así en todo. la pugna entre lo legal y lo justo no es invención de novelistas y dramaturgos, sino producto vivo de la realidad. el abogado debe estar bien apercibido para servir lo segundo aunque haya de desdeñar lo primero. y esto no es estudio sino sensación.   
De modo análogo veo el Arte. Todas las reglas de los técnicos no valen nada comparadas con el me gusta del sentimiento popular. La obra artística no se hace satisfacer prescripciones doctrinarias, sino para emocionar, alegrar, afligir o enardecer a la muchedumbre; si logra esto, llena el fin del arte, si lo consigue, será otra cosa -reflexión, estudio, paciencia, ensayo-pero arte no.   
Algunas vez he visto tachado de anárquicas estas ideas que yo tenía por inocente. Personas de gran responsabilidad sostienen que la inteligencia es facultad suprema a la que debe subordinarse el sentimiento, por ser aquélla una norma en la vida individual  y un nexo de sociabilidad; que sobre la percepción difusa, indefinible e informulable ha de estar la lucidez y la precisión de las ideas definidas objetivas; que la supremacía de la razón  en un principio de conducta que pertenece a la moral; que el catolicismo y la tradición clásica proclaman que la Sociedad  ha de estar formada por hombres de razón, por caracteres lógico, consistentes, por hombres capaces de juzgar y de refrenar sus propias impresiones, no por carácter delincuescentes, dispersos, degenerados, que sean juguetes del oleaje de la vida; y que las esencias del genio latino son las ideas de unidad, universalidad, orden y organización, es decir, las contrarias a la singularidad y al individualismo.       

Comentario personal.

Leyendo esas razones y escuchando otras análogas  me he preguntado muchas veces su realmente seré yo pagano en Arte y anarquista en Derecho.
Pero ni llega a intranquilizarme. Respecto del Arte, estoy conforme en que el autor debe tener ideología,sistema y finalidad genéricas en toda su obra, es decir, que debe estar gobernado por la razón.
Entregarse a la impresión de cada momento equivale a un mero cultivo sensualista; mas para establecer la comunicación  con el publico solo cuenta el artista con sensación. un filósofo, un jurista, un pensador, deben llamar a la razón del público con los útiles de la razón misma.  Pero el pintor, el músico,el dramaturgo, el novelista, deben determinar la sensación,  y por el camino  del sentimiento inducir al publico al raciocinio. Si se limita a mover el sentimiento serán sensualistas, soñadores, eróticos, y su obra no tendrá finalidad;si, al contrario, se empeñan en prescindir de las sensaciones como hilo conductor, serán cualquier cosa menos artistas... o serán artistas del genre ennuyeux que anatematizan el poeta.
Cosa semejante ocurre en la vida jurídica. el legislador,el jurisconsulto y aun el abogado, deben tener un sistema, una orientación del pensamiento ; pero cuando se presenta el pleito en concreto, su inclinación hacia uno u otro lado  debe ser hija de la sensación  es un simple reflejo de todo el cuerpo doctrinal que el jurista lleva su alma. por donde la sensación es aquí el vehículo de la justicia como en el otro caso lo es del arte.          
El abogado que al enterarse de lo que se le consulta no experimenta la sensación de lo justo y lo injusto(naturalmente, con arreglo a su sistema preconcebido) y cree hallar en el estudio de los textos, se expone a tejer artificios legalistas ajenos al sentido de la justicia.  
El organismo del derecho responde a una moral. El hombre necesita un sistema de moral, para no ser juguete de los vientos, y cuando se halle orientado moralmente , su  propia conciencia le dirá lo que legales ni a investigaciones científicas.  
Después de todo, esto es lo que los antiguos sostenían mediante el aforismo summum jus summa injuria. Lo bueno, lo equitativo, lo prudente, lo cordial no ha buscarse en la Gaceta. Viene de muchos más lejos, de muchos más alto... 




El señor  Ángel Ossorio y Gallardo

próximo capitulo

lunes, 21 de enero de 2013

133).-Comentario del libro El alma de la Toga (III): LA SENSACIÓN DE LA JUSTICIA.


Luis Alberto Bustamante Robín; José Guillermo González Cornejo; Jennifer Angélica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdés;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Álvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Verónica Barrientos Meléndez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andrés Oyarse Reyes; Franco González Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma; Nelson González Urra ;Ana Karina González Huenchuñir;  Ricardo Matías Heredia Sánchez; Alamiro Fernández Acevedo;  Soledad García Nannig; Paula Flores Vargas;

Análisis profundo del capítulo "La sensación de la justicia", cuarto capítulo de la obra El alma de la toga de Ángel Ossorio y Gallardo:

1. Resumen y Tesis Central

El capítulo aborda el eterno dilema entre la rigurosidad formal de la ley escrita y la realidad viva de la justicia. Ossorio argumenta que el Derecho positivo es cambiante, dinámico y siempre va por detrás de los hechos sociales, económicos y humanos (la familia, la industria, el trabajo, las costumbres).

La tesis principal es que la justicia no es fruto de un estudio técnico de los códigos, sino de una sensación. Para el autor, lo que verdaderamente importa al abogado no es saber de memoria el derecho positivo (que está en los libros y puede consultarse), sino conocer profundamente la vida humana y poseer la sensibilidad intuitiva para discernir lo justo de lo injusto en cada caso concreto.

2. Estructura y Puntos Clave

El desarrollo del capítulo se compone de los siguientes apartados y argumentos centrales:

La naturaleza cambiante del derecho: El derecho escrito es inestable y muta al ritmo de la violencia, el egoísmo, las reivindicaciones obreras, los avances tecnológicos o las necesidades económicas. Las leyes son una obra imperfecta y rezagada frente a la realidad arrolladora de la vida.

Postulado fundamental — Conocer la vida, no solo el derecho: Cita autoridades como Ciuratti, León Duguit, Henry Bordeaux y Alphonse Daudet para demostrar que los grandes juristas y pensadores razonan sobre realidades humanas y no sobre abstracciones de libros. Pone ejemplos cotidianos (el falso pobre que litiga de mala fe, el divorcio, los conflictos patronales) para evidenciar que atenerse ciegamente a la ley puede convertir al abogado en cómplice de una infamia.

Lo legal frente a lo justo: La pugna entre lo legal y lo justo es real. El abogado debe estar preparado para servir lo segundo, aun cuando deba desdeñar lo primero. La justicia requiere empatía e introspección profunda ante el cliente (preguntándose: ¿Quién es? ¿Qué busca íntimamente? ¿Qué haría yo? ¿Dónde está lo justo?).

El debate del subjetivismo y la respuesta del autor: Ante las críticas que tildan estas ideas de "anárquicas" por anteponer el sentimiento a la razón abstracta, Ossorio aclara su postura: el jurista debe tener un sistema moral y una formación doctrinal sólida previa, pero la aplicación concreta al resolver un caso debe ser guiada por la sensación de justicia, la cual actúa como un reflejo de todo ese bagaje interior. La justicia verdadera, lo equitativo y lo prudente no se encuentran en la Gaceta (el boletín oficial), sino que provienen de un plano ético superior.

3. Ideas Fuerza y Citas Memorables

El verdadero objetivo del abogado:

"Que lo que al Abogado importa no es saber el Derecho, sino conocer la vida. El derecho positivo está en los libros. Se busca, se estudia, y en paz. Pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte."

La primacía de la intuición ética sobre el texto:

"Por eso digo que la justicia no es fruto de un estudio, sino de una sensación."

Las preguntas esenciales ante el cliente:

"Las preguntas introspectivas, origen del consejo inmediato, han de ser estas otras: ¿Quién es este hombre que me consulta? ¿Qué se propone íntimamente? ¿Qué haría yo en su caso? ¿A quién dañaría con sus propósitos? En una palabra: ¿Dónde está lo justo? Resulta esto, el apoyo legal es cosa secundaria."

El límite del derecho formal:

"La pugna entre lo legal y lo justo no es invención de novelistas y dramaturgos, sino producto vivo de la realidad. El abogado debe estar bien apercibido para servir lo segundo aunque haya de desdeñar lo primero..."   

4. Reflexión y Vigencia Actual

Este capítulo es uno de los más provocadores y profundos de la obra de Ossorio, con total vigencia en el derecho moderno:

El peligro del positivismo legalista ciego: El texto previene contra el "abogado burócrata" o leguleyo que aplica la ley de forma mecánica sin importarle el daño social o la injusticia material que provoca.

La importancia de la sociología jurídica y la realidad social: Anticipa la visión de que el Derecho no es un ente abstracto y aislado, sino un instrumento dinámico que debe responder a las necesidades cambiantes de la sociedad (derechos laborales, tecnológicos, ambientales, etc.).

La ética por encima de la argucia técnica: Recuerda que la técnica jurídica sin conciencia ética degrada la profesión a una mera facilitación de trampas legales.