Caricaturas de Barrister (Abogados) en revista inglesa Vanity Fair

viernes, 30 de agosto de 2013

175).-Comentario del libro El alma de la Toga (XXV): EL Secreto Profesional.


Alberto Bustamante Robin



Aquí tienes un análisis y comentario detallado del capítulo "El secreto", perteneciente a la obra El alma de la toga de Ángel Ossorio y Gallardo, estructurado conforme a los puntos clave planteados por el autor.

Comentario General: La Abogacía como Ministerio

Ossorio comienza desmitificando la falsa idea de que un secreto se puede guardar compartiéndolo discretamente con allegados. Para el autor, la abogacía no encaja en las figuras jurídicas tradicionales (no es un mandato, ni un simple arrendamiento de servicios, ni un servicio público dependiente del Estado). La abogacía es un ministerio de alta confidencia y protección, comparable al sacerdocio. Por lo tanto, el secreto profesional no surge de un contrato mercantil que obligue solo hasta cierto punto, sino de una exigencia moral absoluta donde el abogado debe estar dispuesto a soportar consecuencias extremas antes que traicionar la confianza depositada en él.

Los Tres Grandes Conflictos del Secreto Profesional
El autor examina los dilemas morales a los que se enfrenta el abogado al guardar el secreto, dividiéndolos en tres supuestos fundamentales:

Conflicto con la propia conveniencia del abogado:

Ossorio ilustra esto con una vivencia personal en la que protegió la intimidad de una cliente y su familia a pesar de que su silencio dañaba su propia reputación profesional ante la opinión pública. Concluye que el derecho del consultante a la reserva está por encima de la conveniencia o el prestigio del abogado.

Conflicto con el interés particular ajeno:

Cuando un cliente confiesa en la intimidad que debe dinero pero el demandado alega falsamente que no debe nada, el abogado debe negarse a patrocinar la mentira (rechazando o abandonando el asunto), pero debe mantener estrictamente la reserva. El hecho de que sepa la verdad no le autoriza a quebrantar el secreto frente a la otra parte.

Conflicto con un grave interés social (El caso extremo):

¿Qué ocurre si un cliente confiesa ser el verdadero autor de un asesinato por el cual se procesa y pide la pena de muerte para un inocente? Aquí el choque no es con un interés particular, sino con la sociedad entera y la vida humana. En este caso límite, el abogado debe considerarse relevado del secreto y decir la verdad, porque debe prevalecer la vida del inocente y la justicia social.

Puntos Clave y Cuestiones Prácticas sobre el Secreto
Ossorio aborda de forma ágil diversas situaciones cotidianas del ejercicio profesional:

Consultas no aceptadas: Aunque no se concrete un contrato o vínculo formal, el abogado que recibe una confidencia por necesidad sigue estando obligado a guardar el secreto.

El secreto y los colaboradores: El secreto es riguroso en la confidencia personal o apuntes propios, pero se debilita inevitablemente al delegar tareas extensas en pasantes, taquígrafos o mecanógrafos, exigiendo del abogado la máxima selección de su personal.

¿Se debe mentir para guardar el secreto? Categoricamente, no. El abogado jamás está obligado a mentir; su opción ante un dilema incómodo está entre la verdad y el silencio (o ampararse en el secreto), aunque ampararse en él pueda equivaler indirectamente a una confirmación.

La negligencia como delito: No solo se viola el secreto por avaricia o malicia, sino también por el perjuicio que causa la charlatanería, el "prurito de hablar" o la imprudencia superficial en las conversaciones.

El registro de papeles profesionales: Ossorio distingue sabiamente que si al abogado se le acusa personalmente de un delito, la justicia puede registrar su despacho; pero si se persigue a un cliente, el abogado debe erigirse en defensor de la intimidad de su clientela y prohibir el acceso a esos documentos.

Conclusión

Para Ossorio, la definición exacta de los límites del secreto profesional no puede quedar encerrada rígidamente en los Códigos ni en las definiciones teóricas. Ante la inmensa gama de matices y sutilezas de la vida real, sólo la conciencia del abogado —recordando siempre que es el más independiente de los hombres— puede resolver cada caso con el máximo escrúpulo, miramiento y dignidad.



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